Se aprueban lineamientos para la prevención de COVID-19 en zonas cercanas a población indígena en aislamiento y contacto inicial

El Ministerio de Salud aprueba los lineamientos para la prevención de infecciones respiratorias y COVID-19 en zonas cercanas a población indígena en aislamiento y contacto inicial

El 10 de mayo, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo N° 1489 en el diario oficial “El Peruano”. Mediante esta norma, el gobierno dispone acciones para la protección de los pueblos indígenas en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19 y encarga al Ministerio de Salud (Minsa) el fortalecimiento de los mecanismos de salvaguarda para la protección de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial (PIACI).

Imagen: Servindi

En cumplimiento de este encargo, el 2 de julio, el Minsa publicó la Resolución Ministerial Nº451-2020-MINSA que aprueba el documento técnico denominado “Lineamientos para la Prevención de Infecciones Respiratorias y COVID-19 en zonas cercanas a población indígena en aislamiento y contacto inicial en el Perú”. Como parte de esos lineamientos se señala lo siguiente:

  1. Reforzar las acciones para cumplir las medidas del aislamiento social en zonas cercanas a los PIACI, promoviendo la articulación intersectorial local para la prevención de las infecciones respiratorias y COVID-19.
  2. Garantizar el personal de salud suficiente y competente, y la provisión de medicamentos, insumos y otros en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) que se encuentran en zonas cercanas a los PIACI, que permita brindar una adecuada atención.
  3. Establecer mecanismos que faciliten la vigilancia epidemiológica de infecciones respiratorias y COVID-19.
  4. Reorganizar los servicios y fortalecer las acciones del personal de la salud de zonas cercanas a los PIACI en la atención de infecciones respiratorias y COVID-19.
  5. Informar a la población cercana a los PIACI las medidas de prevención de infecciones respiratorias y COVID-19.
  6. Establecer las medidas de prevención de infecciones respiratorias y COVID-19 para las instituciones y/o personas que soliciten el ingreso a zonas cercanas a los PIACI para el traslado de bienes y alimentos.
  7. Establecer las medidas de prevención de infecciones respiratorias y COVID-19 durante el traslado de alimentos y/o bienes a las zonas cercanas a los PIACI.
  8. Disponer las medidas de prevención de infecciones respiratorias y COVID-19, en zonas cercanas a los PIACI durante la entrega de alimentos y/o bienes.

Adicionalmente, en el documento técnico se precisa que la obligación de aplicar los lineamientos recae sobre las IPRESS ubicadas en zonas cercanas a los PIACI, y que las acciones de supervisión y monitoreo del cumplimiento de los lineamientos deberán ser realizadas por el Minsa y las Direcciones o Gerencias Regionales de Salud.

Si bien nos parece acertado que desde el Estado se adopten medidas de prevención para proteger a los PIACI, esperamos que ellas hayan sido dialogadas con las organizaciones indígenas de su entorno, ya que la visión territorial es muy importante para garantizar la efectividad y oportunidad de las mismas.

06 de julio de 2020

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