Metales Tóxicos: Aprueban reglamento de Comisión Multisectorial

El año pasado, el gobierno creó la Comisión Multisectorial Temporal para el Abordaje Integral e Integrado a favor de la Población Expuesta a Metales Pesados, Metaloides y Otras Sustancias Químicas Tóxicas (en adelante, la comisión), a través de la Resolución Suprema (RS) N° 034-2020- PCM, la cual fue modificada por la RS N° 007- 2021-PCM. Esta comisión tiene como objetivo elaborar el informe técnico que contenga la propuesta del Plan Especial Multisectorial para la intervención integral a favor de la población expuesta a metales pesados, metaloides y otras sustancias químicas tóxicas (en adelante, el plan).

De acuerdo a lo establecido en la RS N° 007-2021-PCM, el ministro del ambiente aprobó el reglamento de la comisión mediante la Resolución Ministerial N° 022-2021-MINAM, la misma que fue publicada el día de ayer en el diario oficial El Peruano.

Este reglamento regula el funcionamiento interno de la comisión y es aplicable a los integrantes de ésta, así como a los representantes de instituciones públicas o privadas, gremios u organizaciones sociales invitados a participar en las sesiones.

En cuanto a la estructura de la comisión, el reglamento precisa que la presidencia será asumida por el/la viceministro/a de gestión ambiental, la secretaría técnica será ejercida por el/la director/a general de calidad ambiental, y el pleno estará integrado por el/la viceministro/a de gobernanza territorial, viceministro/a de hidrocarburos, viceministro/a de minas, viceministro/a de salud pública, viceministro/a de interculturalidad, viceministro/a de gestión ambiental, presidente/a de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, cuatro representantes de la Plataforma Nacional de Afectados y Afectadas por Metales, Metaloides y Otras Sustancias Químicas Tóxicas del Perú, entre otros.

Adicionalmente, el reglamento señala que el pleno de la comisión tiene las siguientes funciones:

  • Aprobar y modificar el reglamento de la comisión.
  • Proponer y evaluar la agenda de las sesiones, así como su frecuencia.
  • Evaluar y autorizar la participación de otras entidades públicas y privadas, en calidad de invitadas.
  • Formular y aprobar el cronograma de trabajo para la elaboración de la propuesta de plan.
  • Evaluar y aprobar la constitución de subgrupos de trabajo en caso sea necesario para el proceso de elaboración del plan.
  • Vigilar el funcionamiento adecuado de las acciones de los subgrupos de trabajo creados en el marco de la comisión.
  • Asegurar la elaboración y aprobar el informe técnico que contenga la propuesta del plan.
  • Proponer los cambios normativos que sean necesarios para viabilizar en el corto y mediano plazo las propuestas y recomendaciones elaboradas por la comisión, que serán incluidas en el informe final del plan.
  • Elaborar y aprobar la propuesta final del plan.

Respecto al quórum necesario para el desarrollo de las sesiones de la comisión, el reglamento nos dice que para que éste exista se debe contar con la asistencia de dos tercios de los miembros de la comisión, dentro de este grupo deben estar incluidos los integrantes de la Plataforma Nacional de Afectados y Afectadas por Metales, Metaloides y Otras Sustancias Químicas Tóxicas del Perú. También indica que en el caso que la sesión se suspenda por ausencia de quórum, se volverá a convocar para su realización dentro de tres días hábiles; y ante la no calificación del quórum en las dos convocatorias, se llamará a una tercera reunión, la cual se llevará a cabo sin la observancia del quórum.

De manera complementaria, el reglamento menciona que las sesiones de la comisión se realizaran de forma virtual preferentemente y que las decisiones se adoptaran por consenso.

A pesar de los momentos de tensión vividos en las primeras reuniones de la comisión, saludamos la aprobación de este reglamento porque es un avance en el cumplimiento de la obligación que tiene el Estado de atender a las personas afectadas por metales, metaloides y otras sustancias químicas tóxicas, que generalmente viven en zonas de influencia de proyectos extractivos. A su vez, esperamos que este reglamento permita que la comisión sea la instancia en la que las demandas de la población afectada sean realmente escuchadas y canalizadas.

15 de febrero del 2021

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