NORMAS LEGALES – (BOLETÍN AMP N° 246, DICIEMBRE 2019)
NORMAS LEGALES publicadas en diario oficial El Peruano, entre el 21.11.2019 – 12.12.2019. Las normas están relacionadas a temas de actividades extractivas mineras y derechos colectivos.
PODER EJECUTIVO
- Decreto de Urgencia N° 026-2019
- FECHA : 12/12/2019.
- Decreto de Urgencia que aprueba medidas extraordinarias para la adquisición de áreas y la implementación de las intervenciones viales temporales a realizarse en el Corredor Vial Apurímac
Mediante Decreto de Urgencia, el Poder Ejecutivo aprueba medidas extraordinarias para la adquisición de áreas y la implementación de las intervenciones viales temporales en el Corredor Vial Apurímac – Cusco, en mérito a la declaratoria de necesidad pública e interés nacional.
Para ejecutar las referidas medidas, el Poder Ejecutivo también dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la entidad competente para realizar el proceso de liberación y expropiación de las áreas, así como la implementación de las intervenciones viales temporales a realizarse en el corredor vial.
Es pertinente resaltar que en la edición matinal del Diario Oficial “El Peruano”, el decreto se tituló “Decreto de Urgencia que aprueba medidas extraordinarias de liberación y expropiación de áreas y la implementación de las intervenciones viales temporales a realizarse en el Corredor Vial Apurímac – Cusco”. Su objeto era “aprobar medidas extraordinarias para el proceso de liberación y expropiación de las áreas y para la implementación de las intervenciones viales temporales a realizarse en el Corredor Vial Apurímac – Cusco, (…)”.
Sin embargo, en la tarde del mismo 12 de diciembre se publicó una Fe de Erratas con la que se reemplazó el término “expropiación” del título de la norma y su objeto. Dicho cambio podría deberse al carácter inconstitucional que tendría la decisión del Poder Ejecutivo, dado que, en el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1192, se establece que la expropiación es “autorizada únicamente por ley expresa del Congreso en favor del Estado”. Sin perjuicio de lo mencionado, se considera que este reemplazo de términos no implica un cambio de fondo, ya que, la norma conserva su espíritu confiscatorio.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
- Resolución Ministerial Nº 476-2019-EF/50.
- FECHA : 29/11/2019.
- Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de octubre de 2019
En observancia de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprueba los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de octubre de 2019. Estos índices son aplicables a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales beneficiados con la regalía minera.
La distribución es realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), conforme al numeral 2 del artículo 8 de la Ley N° 28258. Esta labor debe ser realizada en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir del último día de pago de la regalía minera.
Según lo dispone el numeral 5 del artículo 16° del Reglamento de la Ley N° 28258, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF, el MEF determina los índices de distribución de la regalía minera del último mes y/o del último trimestre.
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
- Resolución Ministerial Nº 362-2019-MINEM/DM.
- FECHA : 23/11/2019.
- Aprueban a Jinzhao Mining Perú S.A. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de
Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto “Pampa de Pongo”
El Ministerio de Energía y Minas (Minem) aprueba a Jinzhao Mining Perú S.A. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto “Pampa de Pongo”.
Debido a que en este caso se cumple con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973 (Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas), aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF; Jinzhao Mining Perú S.A. suscribió un Contrato de Inversión con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSION) por el proyecto “Pampa de Pongo”. Además, obtuvo la opinión favorable del MEF respecto a la lista de bienes, servicios y contratos de construcción que presentó para el acogimiento al Régimen de Recuperación Anticipada.
- Resolución Ministerial Nº 367-2019-MINEM/DM.
- FECHA : 24/11/2019.
- Autorizan segunda transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Huánuco, para ser destinados exclusivamente al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral
Según lo dispuesto en el inciso ii), literal h), numeral 16.1 del artículo 16º de la Ley N° 30879 (Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019) y en observancia del Convenio N° 002-2019-MEM-DGFM (Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral), documento suscrito por el Minem y el Gobierno Regional (GORE) de Huánuco con fecha 11 de abril de 2019; se autoriza la segunda transferencia financiera de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor del GORE de Huánuco. La transferencia es de S/ 76 084,50 (Setenta y seis mil ochenta y cuatro con 50/100 soles), para ser destinados exclusivamente para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral.
- Resolución Ministerial Nº 368-2019-MINEM/DM.
- FECHA : 24/11/2019.
- Autorizan segunda transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque
De acuerdo a lo establecido en el inciso i), literal h), numeral 16.1 del artículo 16º de la Ley N° 30879 (Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019) y en conformidad con el Convenio de Cooperación y Gestión suscrito entre el Minem y el GORE de Lambayeque; se autoriza la segunda transferencia de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor del GORE de Lambayeque por el monto de S/ 75 159,00 (Setenta y cinco mil ciento cincuenta y nueve con 00/100 Soles). Estos fondos son destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones transferidas en materia minero energética.
- Resolución Ministerial Nº 379-2019-MINEM/DM.
- FECHA : 06/12/2019.
- Autorizan segunda transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del
Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Ica
Según lo dispuesto en el inciso ii), literal h), numeral 16.1 del artículo 16º de la Ley N° 30879 (Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019) y en observancia del Convenio N° 015-2019-MEM-DGFM (Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral), suscrito por el Minem y el GORE de Ica (18 de marzo de 2019); el referido Ministerio autoriza la segunda transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor del GORE de Ica, por la suma de S/ 18 032,00 (Dieciocho mil treinta y dos con 00/100 soles). Estos fondos son destinados exclusivamente para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral.
- Resolución Ministerial Nº 382-2019-MINEM/DM.
- FECHA : 11/12/2019.
- Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Arequipa, destinados al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral
Según lo dispuesto en el inciso ii), literal h), numeral 16.1 del artículo 16º de la Ley N° 30879 (Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019) y en observancia del Convenio N° 018-2019-MEM-DGFM (Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral), suscrito por el Minem y el GORE de Arequipa (18 de octubre de 2019); el referido Ministerio autoriza la transferencia de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor del GORE de Arequipa, por la suma de S/ 715 234, 00 (Setecientos quince mil doscientos treinta y cuatro con 00/100 Soles). Estos fondos serán destinados exclusivamente para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral.
- Resolución Ministerial Nº 392-2019-MINEM/DM.
- FECHA : 12/12/2019.
- Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del IGV e IPM a favor de Minera Cappex S.A.C., durante la fase de exploración del proyecto minero “Alta Victoria”
El Minem aprueba la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promoción Municipal (IPM) a favor de la empresa MINERA CAPPEX S.A.C., durante la fase de exploración del proyecto minero “Alta Victoria”.
Dado que, la empresa cumplió con lo establecido en el artículo 1 de la Ley Nº 27623 (Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración).
También cumplió con lo estipulado en el inciso c) del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2002-EF; lo que significa que obtuvo la opinión favorable del MEF respecto a la lista de bienes y servicios (anexada al pedido de suscripción del Contrato de Inversión en Exploración) que otorgarían el derecho a la devolución del IGV e IPM.
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