Declaran de prioridad e interés público la Zonificación Ecológica y Económica de Condorcanqui
En el 2003, el Congreso de la República aprobó la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972). Esta norma establece que las municipalidades provinciales y distritales tienen competencia en materia de organización del espacio físico, uso del suelo, protección y conservación del ambiente, desarrollo y economía local, y participación vecinal.
También la referida ley señala que las ordenanzas municipales son las normas mediante las cuales las municipalidades provinciales y distritales aprueban su organización interna; la regulación, administración y supervisión de servicios públicos; y otras materias.
Imagen: Así es Amazonas
Posteriormente, en el 2004, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó el Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) a través del Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM. Este reglamento indica que ZEE es un proceso para la identificación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales; y que una vez aprobada la ZEE se convierte en un instrumento técnico y orientador del uso sostenible de un territorio y de sus recursos naturales.
Además el reglamento dispone que: (1) el Ministerio del Ambiente dirige el proceso de la gestión de la ZEE en el país, y que los gobiernos locales son las entidades encargadas de la ejecución de la ZEE dentro de sus jurisdicciones; (2) cada proceso de ZEE desarrollado en el ámbito regional requiere la conformación de una comisión técnica y; (3) el proceso de formulación de la ZEE será desarrollado a nivel nacional, regional y local.
De acuerdo a las competencias otorgadas a los gobiernos locales, en el 2019, la Municipalidad Provincial de Condorcanqui, en la región Amazonas, aprobó la Ordenanza Municipal Nº 013-2019–MPC/A, con la cual declaró de prioridad e interés provincial el proceso de ZEE de Condorcanqui y constituyó la comisión técnica respectiva. No obstante, el 4 de octubre pasado, la Municipalidad modificó la norma mencionada, declaró de prioridad e interés público el proceso de ZEE a nivel mesozonificación[1] y microzonificación[2]de la provincia de Condorcanqui, y constituyó la comisión técnica correspondiente (en adelante, la comisión), mediante la Ordenanza Municipal Nº 005-2020-MPC.
Esta comisión tendrá que: (1) proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de ZEE y el Ordenamiento Territorial en la provincia de Condorcanqui, así como (2) proponer los mecanismos de consulta, sensibilización y participación ciudadana, procesos de difusión y capacitación.
A su vez la ordenanza municipal indica que la comisión estará integrada por representantes de la Municipalidad Provincial de Condorcanqui (presidente/a), Gobierno Regional Amazonas, Municipalidad Distrital de El Cenepa, Instituto de Investigación para la Amazonía Peruana (IIAP), Dirección Ejecutiva de Gestión de Bosques y Fauna Silvestre, Dirección Regional de Energía y Minas, Organización Regional de Pueblos Indígenas de la Amazonía del Norte del Perú (ORPIAN), Gobierno Territorial Autónomo Wampis, Nación Awajun y Wampis del Perú, Servicio Agropecuario para la Investigación y Promoción Económica (SAIPE), entre otros.
De forma complementaria, la ordenanza municipal encarga a la Subgerencia de Desarrollo Económico y Gestión Ambiental de la Municipalidad Provincial de Condorcanqui, llevar a cabo el proceso de ZEE y realizar las coordinaciones necesarias con la comisión.
Saludamos que la Municipalidad Provincial de Condorcanqui impulse y trabaje en la elaboración de una ZEE para que en su jurisdicción se haga uso sostenible del territorio y los recursos naturales, teniendo una herramienta que les ayude a detener la depredación que actualmente existe y alcanzar el buen vivir para toda su población, principalmente para sus pueblos indígenas.
[1]Artículo 4.- Niveles de Estudio
(…)
-
b) Mesozonificación
Contribuye a la elaboración y aprobación de planes de desarrollo y de ordenamiento territorial, así como a la identificación y promoción de proyectos de desarrollo, principalmente en ámbitos regionales, cuencas hidrográficas o en áreas específicas de interés.
La cartografía aplicable corresponde a una escala de trabajo de 1:100.000 (Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica, 2004).
[2]Artículo 4.- Niveles de Estudio
(…)
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c) Microzonificación
Contribuye a la elaboración, aprobación y promoción de los proyectos de desarrollo, planes de manejo en áreas y temas específicos en el ámbito local.
Igualmente, contribuye al ordenamiento y acondicionamiento territorial, así como al desarrollo urbano.
La cartografía aplicable corresponde a una escala de trabajo mayor o igual a 1:25.000 (Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica, 2004).
13 de octubre de 2020
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