Congreso: Se promulga ley para afectados por metales pesados
Gracias al trabajo de incidencia realizado por la Plataforma Nacional de Afectados y Afectadas por Metales, Metaloides y Otras Sustancias Químicas Tóxicas del Perú, el Estado peruano reconoció que tiene la obligación de atender a las personas cuya salud ha sido afectada por sustancias químicas provenientes de la minería y otras actividades de industrias extractivas.
Foto: Plataforma Nacional de Afectados y Afectadas por Metales Pesados
En el marco de este deber, el Congreso de la República promulgó la Ley N° 31189, para fortalecer la prevención, mitigación y atención de la salud afectada por la contaminación con metales pesados y otras sustancias químicas, la misma que fue publicada el 4 de mayo pasado en el diario oficial El Peruano.
A través de esta norma, el Congreso incorpora la prevención, mitigación y atención de la salud afectada por contaminación con sustancias químicas, como enfoques en la formulación y ejecución de políticas públicas en salud y materia ambiental, tanto a nivel nacional como a nivel regional y local.
También mediante esta ley, el Congreso dispone lo siguiente:
- La Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Salud son las instituciones encargadas de elegir a los actores y los mecanismos de articulación intersectorial e intergubernamental aplicables para la incorporación de la prevención, mitigación y atención de la salud afectada por contaminación con sustancias químicas, en los planes y programas a cargo de las entidades públicas de los tres niveles de gobierno.
- El Minsa es responsable de la elaboración y actualización de los protocolos de atención e instrumentos técnicos para la prevención, mitigación y atención de la salud afectada por contaminación con sustancias químicas.
- El Minsa es responsable de la implementación y actualización del Registro Nacional de Personas Afectadas en la Salud por Contaminación con Metales Pesados y Otras Sustancias Químicas.
De manera complementaria, el Congreso declara de interés nacional la atención prioritaria en la salud de las personas afectadas por contaminación con metales pesados y otras sustancias químicas. A su vez, menciona que el Poder Ejecutivo debe aprobar el reglamento de la Ley N° 31189 en un plazo máximo de 90 días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de dicha ley.
Esperamos que el estado peruano siga implementando normas y acciones que (1) hagan posible la atención de personas cuya salud viene siendo afectada por sustancias químicas provenientes de la minería y otras actividades productivas, y que además (2) apunten a prevenir y mitigar este tipo de vulneración del derecho a la salud.
05 de mayo de 2021
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