Aprueban Plataforma de Pueblos Indígenas sobre Cambio Climático

Imagen referencial: Pabellón indígena / COP20

En la década de los noventa el Perú se incorporó a la lucha contra el cambio climático, por ello ratificó el Acuerdo de París en el 2016. Este tratado tiene como objetivo que el aumento de la temperatura media mundial se mantenga por debajo de 2ºC, haciendo todos los esfuerzos para que sea no mayor a 1.5ºC.

Para alcanzar las metas establecidas en el Acuerdo de París, en el 2018, el Congreso de la República aprobó la Ley Marco sobre Cambio Climático (Ley Nº 30754). Entre otras cosas, esta ley establece que el Estado debe salvaguardar el derecho de participación de los pueblos indígenas en la formulación, implementación, seguimiento, y evaluación de las políticas públicas y proyectos de inversión referidos al cambio climático que los afecte.

A través del Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM, el gobierno creó la Plataforma de Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático (en adelante, la Plataforma), y dispuso que con participación de las organizaciones nacionales representativas de los pueblos indígenas, diseñaría la conformación y funcionamiento de la misma en un plazo no mayor de 180 días hábiles.

En cumplimiento de este mandato, el día 1 de octubre el gobierno publicó la Resolución Ministerial N° 197-2020-MINAM en el diario oficial El Peruano. Esta norma otorga a la plataforma las siguientes funciones:

  1. Proponer y sistematizar las propuestas de medidas de adaptación y mitigación de los pueblos indígenas, y los conocimientos, prácticas y saberes tradicionales y ancestrales que contribuyen a la gestión integral del cambio climático.

  2. Presentar a la Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático la sistematización de propuestas de medidas de adaptación y mitigación de los pueblos indígenas, y las recomendaciones sobre la incorporación de sus conocimientos, prácticas y saberes tradicionales y ancestrales.

  3. Hacer seguimiento y evaluar los avances realizados en la implementación de las propuestas de medidas de mitigación y adaptación de los pueblos indígenas.

  4. Participar en el monitoreo y evaluación de la implementación de la Estrategia Nacional sobre Bosques y Cambio Climático.

  5. Gestionar el fortalecimiento de capacidades de los pueblos indígenas y de las bases nacionales, regionales y locales de las organizaciones nacionales representativas de los pueblos indígenas, para la gestión integral del cambio climático, incorporando los enfoques de género, interculturalidad e intergeneracional

  6. Participar en los procesos de formulación, implementación, monitoreo, evaluación y actualización de los instrumentos de gestión integral del cambio climático, entre otras funciones

Además, la citada resolución señala que la Plataforma estará integrada por representantes del Ministerio del Ambiente, Ministerio de Cultura y organizaciones nacionales representativas de los pueblos indígenas: Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP); Confederación Nacional Agraria (CNA); Federación Nacional de Mujeres Campesinas, Artesanas, Indígenas, Nativas y Asalariadas del Perú (FENMUCARINAP); Organización Nacional de Mujeres Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP); entre otras organizaciones.

De forma complementaria, la resolución precisa que la Plataforma (1) será instalada en un plazo no mayor de 10 días hábiles contados a partir de la publicación de la norma; y (2) podrá convocar expertos(as) y otras entidades competentes en materia de cambio climático y derechos de pueblos indígenas.

Saludamos que el gobierno haya decidido conformar la Plataforma. Esperamos que con ello, se reconozca el rol protagónico que tienen los pueblos indígenas en la lucha contra el cambio climático y que además se potencie ese rol con acciones concretas y recursos.

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