NORMAS LEGALES (Boletín AMP #233, Noviembre 2018)

NORMAS LEGALES publicadas en diario oficial El Peruano, entre el 23.10.2018 –  23.11.2018. Las normas están relacionadas a temas de actividades extractivas mineras y derechos colectivos.

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

  • DECRETO SUPREMO  N°105-2018-PCM
  • FECHA : 25/10/2018
  • Prórroga del Estado de Emergencia declarado en parte del Corredor Vial Apurímac – Cusco – Arequipa
La Presidencia de Consejo de Ministros prorroga el Estado de Emergencia por el término de treinta (30) días calendario, a partir de 30 de octubre de 2018, en parte del Corredor Vial Apurímac – Cusco – Arequipa, desde el kilómetro 130 (Ref. Sector Muyu Orcco) hasta el kilómetro 160 (Ref. Sector Tiendayoc), de la Ruta Nacional PE-3SY, que comprende el distrito de Colquemarca de la provincia de Chumbivilcas, departamento del Cusco, incluyendo los quinientos (500) metros adyacentes a cada lado del Corredor Vial en mención. La Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.Durante la vigencia de este régimen de excepción, se suspende los derechos constitucionales relativos a la libertad, seguridad personal, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.Tanto la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas tendrán que mantener el control del orden interno en el Corredor Vial Apurímac – Cusco – Arequipa respetando el Decreto Legislativo N° 1186, el cual regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú y el Decreto Legislativo N° 1095, que establece las reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.Es importante señalar que, desde el 30 de setiembre, entró en vigencia la declaración de Estado de Emergencia en parte del Corredor Vial Apurímac – Cusco – Arequipa con el Decreto Supremo N° 100 – 2018 – PCM con un plazo máximo de 30 días. En esa línea, podemos señalar que desde el mes pasado (setiembre), una serie de derechos de los pobladores ubicados en el Corredor Vial Apurímac – Cusco – Arequipa se encuentran suspendidos. Asimismo, la Policía Nacional del Perú deberá seguir siendo el garante del control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

 

  • DECRETO SUPREMO  N°109-2018-PCM
  • FECHA : 01/11/2018
  • Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en los distritos de Nauta, Urarinas y Parinari, de la provincia de Loreto, del departamento de Loreto, por peligro inminente de afectación a la salud de la población ante enfermedades de transmisión hídrica
El presidente de la República, Martín Vizcarra, decide, nuevamente, prorrogar por el plazo de sesenta (60) días calendario, a partir del 3 de noviembre de 2018, el Estado de Emergencia en los distritos de Nauta, Urarinas y Parinari de la provincia de Loreto, del departamento de Loreto, declarado por el Decreto Supremo Nº 070-2018-PCM y prorrogado tanto por el Decreto Supremo Nº 090-2018-PCM y el Decreto Supremo Nº 109 – 2018 – PCM, por peligro inminente de afectación a la salud de la población ante enfermedades de transmisión hídrica.El propósito de la prórroga es continuar con la ejecución de medidas y acciones necesarias para la reducción del riesgo de la contaminación de los ríos y quebradas producto del desborde y diseminación del petróleo que aún persiste en la zona. Esta situación podría generar alteraciones en la salud de la población de los distritos.El decreto señala que las autoridades competentes a ejecutar las acciones de mejora son el Gobierno Regional de Loreto, los Gobiernos locales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Salud y demás entidades en cuanto les corresponda.Cabe agregar que desde el 05 de julio de 2018, los tres distritos de Loreto se encuentran declarados por el Estado de Emergencia.

 

MINISTERIO DE SALUD

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 368-2018-MINAM
  • FECHA : 24/10/2018
  • Disponen la prepublicación en el portal institucional del Ministerio de la Guía para la elaboración de la Línea Base en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental – SEIA, y la Guía para la identificación y caracterización de impactos ambientales
Se dispone la prepublicación de la “Guía para la elaboración de la Línea Base en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental – SEIA” y la “Guía para la identificación y caracterización de impactos ambientales”.Dicha prepublicación se realizará en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente, a fin de conocer las opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial.Asimismo, las opiniones y/o sugerencias sobre las guías señaladas deberán ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente y/o a la dirección electrónica consultasdgpiga@minam.gob.pe.La elaboración de las guías está en relación al artículo 6 del Reglamento de la Ley N 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM. Dicho artículo señala que el MINAM, en su calidad de autoridad ambiental nacional, es el organismo rector del SEIA; asimismo, constituye la autoridad técnico-normativa a nivel nacional y, como tal, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con el SEIA, coordina su aplicación técnica y es responsable de su correcto funcionamiento en el marco de la Ley, el mencionado Reglamento y las disposiciones complementarias y conexas.

 

MINISTERIO DE CULTURA

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 432-2018-MC
  • FECHA : 24/10/2018
  • Crean el Grupo de Trabajo encargado de proponer a el/la Titular del Ministerio de Cultura, medidas urgentes de protección de los derechos de los Pueblos Indígenas en situación de Aislamiento y en situación de Contacto Inicial que habitan y se desplazan en áreas que no se encuentren comprendidas en reservas indígenas y territoriales
El Ministerio de Cultura creó el Grupo de Trabajo, de naturaleza temporal, encargado de proponer medidas urgentes de protección de los derechos de los Pueblos Indígenas en situación de Aislamiento y en situación de Contacto Inicial (PIACI) que habitan y se desplazan en áreas que no se encuentren comprendidas en reservas indígenas y territoriales.En cuanto a la conformación del grupo, encontramos a las siguientes personas:a) El/la Director/a de la Dirección de los Pueblos en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial del Ministerio de Cultura, quien lo presidirá b) Un/a representante del Ministerio de Salud c) Un/a representante del Ministerio del Ambiente d)Un/a representante del Ministerio de Agricultura y Riego e) Un/a representante del Ministerio de Energía y Minas f) Un/a representante del Ministerio del Interior g) Un/a representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones h) Un/a representante del Ministerio de Defensa i)Un/a representante del Ministerio de Relaciones Exteriores j) Un/a representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP k) Un/a representante del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR l) Un/a representante de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) m) Un/a representante de la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (CONAP).Entre las principales funciones, encontramos: i) Proponer y promover medidas articuladas, mecanismos y normas para la protección de los derechos de los PIACI que habitan y se desplazan en áreas que no se encuentren comprendidas en reservas indígenas y territoriales ii) Elaborar un plan de trabajo, así como, reportes trimestrales sobre el avance del cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo, entre otras.Es importante señalar que el Grupo de Trabajo tiene una vigencia de doce (12) meses contados a partir de la fecha de su instalación, para la presentación de las propuestas de medidas de protección de los derechos de los PIACI que habitan y se desplazan en áreas que no se encuentran comprendidas en reservas indígenas y territoriales y, por otro lado, el cumplimiento de las funciones del mencionado Grupo no demandará recursos adicionales al Tesoro Público. Además, previo acuerdo, el Grupo puede solicitar la colaboración y/o asesoramiento de otras instituciones del Estado, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 479-2018-MC
  • FECHA : 22/11/2018
  • Disponen la prepublicación del proyecto de “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por incumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial”
Se dispone la prepublicación del proyecto de “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por incumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial”.Dicha prepublicación se realizará en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), a fin de conocer las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general, durante el plazo de diez (10) días calendario, contados a partir de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.Las opiniones, comentarios y/o sugerencias que se reciban acerca del Proyecto, deben ser remitidos por escrito al Ministerio de Cultura, sito en Avenida Javier Prado Este N° 2465, San Borja – Lima y/o a la dirección electrónica kturriate@ cultura.gob.pe

 

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 366-2018-EF/50
  • FECHA : 28/10/2018
  • Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de setiembre de 2018
Se aprueba los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de setiembre de 2018, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales beneficiados con la Regalía Minera.Será el Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante, MEF) el ente encargado de distribuir mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera. Para ello, el MEF determinará los índices de distribución de la regalía minera del último mes y/o del último trimestre y serán aprobados mensualmente a través de una Resolución Ministerial.Por último, agregar que, la Regalía Minera es la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera paga al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos, de acuerdo al párrafo 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 28258.

 

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 436-2018-MENDM
  • FECHA : 01/11/2018
  • Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Puno, destinados al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 230 000,00 (doscientos treinta y mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de Puno, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.La primera entrega de S/230 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y el Gobierno Regional de Puno, tal como se muestra en el Convenio de Cooperación y Gestión de fecha 09 de mayo de 2018. La transferencia total es S/460 000, 00, la cual será destinada, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentra establecido en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 435-2018-MENDM
  • FECHA : 01/11/2018
  • Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Loreto, destinados al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 65 000,00 (sesenta y cinco mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de Loreto, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.La primera entrega de S/65 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y el Gobierno Regional de Loreto, tal como se muestra en el Convenio de Cooperación y Gestión de fecha 17 de abril de 2018. La transferencia total es S/130 000, 00, la cual será destinada, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentra establecido en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 434-2018-MENDM
  • FECHA : 01/11/2018
  • Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Piura, destinados al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral.
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 170 000,00 (ciento setenta mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de Piura, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.La primera entrega de S/170 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y el Gobierno Regional de Puno, tal como se muestra en el Convenio de Cooperación y Gestión de fecha 09 de mayo de 2018. La transferencia total es S/340 000, 00, la cual será destinada, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentra establecido en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 433-2018-MENDM
  • FECHA : 01/11/2018
  • Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Junín, destinados al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral.
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 150 000,00 (ciento cincuenta mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de Huánuco, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.La primera entrega de S/150 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y el Gobierno Regional de Huánuco, tal como se muestra en el Convenio de Cooperación y Gestión de fecha 17 de abril de 2018. La transferencia total es S/300 000, 00, la cual será destinada, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentra establecido en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 432-2018-MENDM
  • FECHA : 01/11/2018
  • Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Junín, destinados al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral.
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 170 000,00 (trescientos cuarenta mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de Junín, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.La primera entrega de S/170 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y el Gobierno Regional de Puno, tal como se muestra en el Convenio de Cooperación y Gestión de fecha 10 de agosto de 2018. La transferencia total es S/340 000, 00, la cual será destinada, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentra establecido en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 431-2018-MENDM
  • FECHA : 01/11/2018
  • Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de San Martín, destinados al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral.
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 75 000,00 (setenta y cinco mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de San Martín, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.La primera entrega de S/75 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y el Gobierno Regional de San Martín, tal como se muestra en el Convenio de Cooperación y Gestión de fecha 11 de julio de 2018. La transferencia total es S/150 000, 00, la cual será destinada, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentra establecido en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 430-2018-MENDM
  • FECHA : 01/11/2018
  • Autorizan transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco.
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 80 000,00 (ochenta mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de Apurímac y del Gobierno Regional de Cusco, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.La primera entrega de S/120 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y los dos Gobiernos Regionales, de conformidad con el Convenio de Cooperación y Gestión. La transferencia total es S/200 000, 00, la cual será destinada, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentra establecido en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 429-2018-MENDM
  • FECHA : 01/11/2018
  • Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Tacna.
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 80 000,00 (ochenta mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de Tacna, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.La primera entrega de S/120 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y el Gobierno Regional de Tacna, de conformidad con el Convenio de Cooperación y Gestión. La transferencia total es S/200 000, 00, la cual será destinada, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentra establecido en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 429-2018-MENDM
  • FECHA : 01/11/2018
  • Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Tacna.
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 80 000,00 (ochenta mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de Tacna, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización. La primera entrega de S/120 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y el Gobierno Regional de Tacna, de conformidad con el Convenio de Cooperación y Gestión. La transferencia total es S/200 000, 00, la cual será destinada, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentra establecido en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 460-2018-MENDM
  • FECHA : 15/11/2018
  • Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Tumbes, destinados al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral.
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 75 000,00 (setenta y cinco mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de Tumbes, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.La primera entrega de S/75 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y el Gobierno Regional de Tumbes, tal como se muestra en el Convenio de Cooperación y Gestión de fecha 09 de mayo de 2018. La transferencia total es S/150 000, 00, monto destinado, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentran establecidas en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley Nª 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 460-2018-MENDM
  • FECHA : 15/11/2018
  • Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Tumbes, destinados al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral.
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 75 000,00 (setenta y cinco mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de Tumbes, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.La primera entrega de S/75 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y el Gobierno Regional de Tumbes, tal como se muestra en el Convenio de Cooperación y Gestión de fecha 09 de mayo de 2018. La transferencia total es S/150 000, 00, monto destinado, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentran establecidas en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley Nª 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 459-2018-MEN/DM
  • FECHA : 15/11/2018
  • Autorizan transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del Ministerio a favor del Gobierno Regional de Pasco.
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 170 000,00 (ciento setenta mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de Pasco, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.La primera entrega de S/170 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y el Gobierno Regional de Pasco, tal como se muestra en el Convenio de Cooperación y Gestión de fecha 17 de abril de 2018. La transferencia total es S/340 000, 00, monto destinado, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentran establecidas en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley Nª 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

  • RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 458-2018-MEN/DM
  • FECHA : 15/11/2018
  • Autorizan transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del Ministerio a favor del Gobierno Regional de Lima.
El Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Minem) autorizó la segunda transferencia financiera proveniente de los recursos directamente recaudados por el monto ascendente a S/ 175 000,00 (ciento setenta y cinco mil con 00/100 Soles) a favor del Gobierno Regional de Lima, con el objeto de continuar el proceso de formalización integral de la actividad minera. De esta manera, se busca fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.La primera entrega de S/175 000,00 en el primer semestre del 2018 fue producto del acuerdo entre el Minem y el Gobierno Regional de Lima, tal como se muestra en el Convenio de Cooperación y Gestión de fecha 09 de mayo de 2018. La transferencia total es S/350 000, 00, monto destinado, exclusivamente, a la Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización.Por último, es importante señalar que, las transferencias financieras de parte del Minem a favor de los Gobiernos Regionales se encuentran establecidas en el literal b) de la Cuadragésima Primera disposición Complementaria Final de la Ley Nª 30693, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2018. Asimismo, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y minas – Central.

 

ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN (OEFA)

  • RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 026-2018-OEFA/CD
  • FECHA : 27/10/2018
  • Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA modificado, del OEFA correspondiente al año 2018.
Se aprueba el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA modificado, del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA correspondiente al año 2018.OEFA es el ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental – SINEFA – el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental –a cargo de las diversas entidades del Estado–se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente.Entre la multiplicidad de funciones del Consejo Directivo del OEFA, el artículo 8 de la ley N 29325 señala que deben aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA, considerado como un instrumento de planificación anual de las acciones en materia de fiscalización. Asimismo, cada Entidad de Fiscalización Ambiental – EFA, debe elaborar su PLANEFA anualmente y de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto.En el PLANEFA 2019, se sustenta la necesidad de modificar: i) las metas de supervisión establecidas en el PLANEFA 2018, relacionadas a las actividades de agricultura a cargo de la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas (DSAP); ii) las metas de supervisión establecidas en el PLANEFA 2018, referidas a residuos sólidos y consultoras ambientales a cargo de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios (DSIS); y, iii) el “Plan de Implementación de Instrumentos Legales” contenido en el Anexo 1 del PLANEFA 2018, a cargo de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental (DPEF); a fin de alinearlos al Plan Operativo Institucional 2018 modificado.

 

INSITUTO GEOLOGICO, MINERO Y METAÚRGICO (INGEMMET)

  • RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 136-2018-INGEMMET/PE
  • FECHA : 15/11/2018
  • Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de octubre de 2018.
Ingemmet publica la relación de las concesiones mineras, cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2018, de conformidad con los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Es importante señalar que, hasta octubre de 2017, el otorgamiento de concesiones mineras ha estado sujeto al derecho de preferencia establecido como parte del proceso de formalización minera a nivel nacional. Posterior a dicha fecha, se abrió nuevamente el catastro minero para cualquier peticionario.

 


GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS

  • RESOLUCIÓN DIRECTORAL SECTORIAL REGIONAL Nº 045-2018-G.R. AMAZONAS/DREM
  • FECHA : 25/10/2018
  • Concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en el mes de agosto de 2018.
El Gobierno Regional de Amazonas publica la relación de las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de agosto de 2018 de conformidad con los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Es importante señalar que, hasta octubre de 2017, el otorgamiento de concesiones mineras ha estado sujeto al derecho de preferencia establecido como parte del proceso de formalización minera a nivel nacional. Posterior a dicha fecha, se abrió nuevamente el catastro minero para cualquier peticionario.

 


GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES

  • RESOLUCIÓN DIRECTORAL N 0023-2018/GR-T-DREMT-DR
  • FECHA : 28/10/2018
  • Disponen publicar Concesión Minera de alcance regional cuyos títulos fueron aprobados en el mes de enero de 2018.
El Gobierno Regional de Tumbes publica la concesión minera cuyo título fue aprobado en el mes de enero de 2018 de conformidad con los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM.Es importante señalar que, hasta octubre de 2017, el otorgamiento de concesiones mineras ha estado sujeto al derecho de preferencia establecido como parte del proceso de formalización minera a nivel nacional. Posterior a dicha fecha, se abrió nuevamente el catastro minero para cualquier peticionario.

 

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA

  • RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 211-2018/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR
  • FECHA : 14/11/2018
  • Disponen publicar otorgamiento de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de setiembre y octubre de 2018.
El Gobierno Regional de Piura publica la relación de las concesiones mineras, cuyos títulos fueron aprobados en los meses de setiembre y octubre de 2018, de conformidad con los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM.Es importante señalar que, hasta octubre de 2017, el otorgamiento de concesiones mineras ha estado sujeto al derecho de preferencia establecido como parte del proceso de formalización minera a nivel nacional. Posterior a dicha fecha, se abrió nuevamente el catastro minero para cualquier peticionario

 

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