La importancia de mantener la protección estricta en la Reserva Nacional de Paracas

Publicado el: 27 de agosto, 2026

Hace unos días, la presidenta de la república, Keiko Fujimori, manifestó su intención de solicitar al Congreso de la República facultades legislativas. Una de las consideraciones de ese pedido consiste en revisar algunas de las restricciones aplicadas a actividades productivas en áreas naturales protegidas (ANP), lo que ha causado preocupación entre comunidades de pescadores artesanales que dependen del área protegida por los posibles impactos en zonas de conservación marina estratégica como la Reserva Nacional de Paracas, ubicada en la región Ica.

Antecedentes

La presencia de la actividad pesquera industrial y los desembarques en la zona sur del litoral peruano se encuentran documentados en los repositorios de IMARPE desde 1968[1]. La Reserva Nacional de Paracas fue creada en 1975 mediante Decreto Supremo Nº 1281-75-AG[2], designando al entonces Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de la Producción) como la entidad encargada de velar por el uso responsable, racional y sostenido de los recursos hidrobiológicos en el área.

Posteriormente, en 1997, con la Ley de Áreas Naturales Protegidas[3] entrada en rigor, se ratificó que cualquier actividad económica realizada en el área se haga de manera sostenible. En el 2001, a través del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas[4], se dispuso la prohibición de actividades extractivas a mayor escala. Aunque facultaba al INRENA (hoy Sernanp) a solicitar los permisos debidos.

En el 2021, el Sernanp emitió la Directiva N° 006-2021-SERNANP-DGANP[5] que fue aprobada a través de la Resolución de Presidencia N.° 198-2021-SERNANP. En ella se prohibe “la extracción de mayor escala de recursos hidrobiológicos, ya sea marina o continental dentro de las Áreas Naturales Protegidas, cualquiera sea su nivel”.

¿Qué está sucediendo en Paracas?

La Reserva Nacional de Paracas es un ecosistema marino costero que tiene una extensión aproximada de 335 000 hectáreas. Tiene como objetivo conservar la biodiversidad que está dentro de su área y proteger el patrimonio arqueológico y cultural para el bienestar de la población[6].

La Sociedad Nacional de Pesquería (SNP), en octubre del 2023, solicitó al Sernanp autorización para realizar actividades de pesca industrial en aproximadamente 120 000 hectáreas de la Reserva Nacional de Paracas. La solicitud fue rechazada por el Sernanp en diciembre del mismo año.

En 2024, la SNP demandó al Sernanp para declarar nulo el artículo 6.2 de la Directiva N° 006-2021-SERNANP-DGANP. No obstante, la demanda fue rechazada en primera y segunda instancia por la Segunda Sala Constitucional de Lima y por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, respectivamente.

Una eventual autorización de pesca industrial dentro de la Reserva podría tener repercusiones sobre otros usos del área marino costera, entre ellos la pesca artesanal y el turismo, actividades económicas que dependen de la conservación de los ecosistemas y de la disponibilidad de recursos hidrobiológicos.

Sin embargo, en abril del 2025 el Ministerio de la Producción emitió el Decreto Supremo N.° 006-2025-PRODUCE[7], el cual modificaba el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE.

El cambio generó cuestionamientos debido a sus efectos sobre la fiscalización de las actividades pesqueras realizadas en áreas naturales protegidas. En la práctica, se abrió un nuevo debate sobre el alcance de las medidas de control y sanción aplicables a la pesca industrial en espacios como la Reserva Nacional de Paracas.

En el Congreso de la Republica se propusieron tres proyectos de ley contenidos en el dictamen (PL 5666/2023, PL 6668/2023 y PL 7157/2023) para restituir la normativa previa y dar rango de ley a la reglamentación de las ANP. En el 2025, el entonces presidente del congreso de la república, Fernando Rospigliosi, fue duramente criticado por la opinión pública y los actores interesados en la protección del área al haber bloqueado su discusión en el pleno. Y en el actual Congreso, aun no hay una fecha definida para discutir los proyectos de ley mencionados.

Los afectados

La discusión sobre la pesca industrial dentro de áreas naturales protegidas no se reduce a un problema de leyes y reglamentos. También involucra la conservación de los ecosistemas y el futuro de las comunidades marino costeras que dependen de los servicios de estas áreas.

Una mayor presión pesquera podría afectar la disponibilidad de los recursos hidrobiológicos y, por consiguiente, las actividades de los pescadores artesanales que en el área están obligados a pescar bajo criterios de selectividad, racionalidad y control. Para las familias pesqueras, esta actividad constituye una fuente fundamental de ingresos y su colapso por una mayor presión extractiva a gran escala incrementaría el desempleo.

Pero también la seguridad alimentaria podría ser afectada. La extracción de grandes volúmenes de recursos hidrobiológicos destinados principalmente a usos industriales puede generar una mayor presión sobre especies que forman parte del ecosistema marino y que, directa o indirectamente, tienen importancia para el consumo humano.

En consecuencia, cualquier modificación de las reglas aplicables a la pesca dentro de la Reserva Nacional de Paracas debería considerar no solo los intereses de la actividad industrial, sino también nuestros compromisos asumidos internacionalmente por la conservación de la biodiversidad en un escenario de deterioro acelerado de ecosistemas marinos costeros valiosos para la vida en el planeta. También debe considerar la importancia de la sostenibilidad de la pesca artesanal teniendo en cuenta como hemos indicado líneas atrás, que esta genera miles de puestos de trabajo para muchas familias. Del mismo modo, debe tomarse en cuenta que estas áreas son un espacio dinámico que sostienen la actividad turística en el país, generadora de ingresos.

Las áreas marinas protegidas son de importancia vital para el mundo porque protegen una muestra representativa de biodiversidad que es fundamental para la vida en el planeta. La Reserva Nacional de Paracas fue creada para proteger un ecosistema marino costero y su biodiversidad, de muy alto valor para el Perú. Debilitar su protección nos haría retroceder aún más en la región respecto a compromisos internacionales relacionados a protección marina y pondría en riesgo nuestra imagen en el mundo.


[1] Instituto del Mar del Perú. (1968). La pesquería marítima peruana durante 1968 (Informe n.º 30). https://repositorio.imarpe.gob.pe/server/api/core/bitstreams/981755a0-0e5a-466b-aa78-b4d3e8230743/content

[2] Declaran la Reserva Nacional de Paracas, área en aguas marinas y provincias de Pisco e Ica, departamento de Ica, Decreto Supremo N.º 1281-75-AG (1975). https://legislacionanp.org.pe/wp-content/uploads/1975/09/Decreto-Supremo-No-1281-75-AG.pdf

[3] Ley de Áreas Naturales Protegidas, Ley N.º 26834 (1997). https://sinia.minam.gob.pe/sites/default/files/sinia/archivos/public/docs/1524.pdf

[4] Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, Decreto Supremo N.º 038-2001-AG (2001). https://sinia.minam.gob.pe/sites/default/files/sial-sialtrujillo/archivos/public/docs/258.pdf

[5] Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Resolución Directoral N° 06-2021-SERNANP-DGANP. https://legislacionanp.org.pe/wp-content/uploads/2022/05/RP-N-198-2021-SERNANP.pdf.pdf

[6] Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado. (2019). Reserva Nacional de Paracas. https://www.gob.pe/institucion/sernanp/informes-publicaciones/1718991-reserva-nacional-de-paracas

[7] Ministerio de la Producción. (2025). Decreto Supremo N.° 006-2025-PRODUCE. https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7923334/6668454-d-s-n-006-2025-produce%282%29.pdf?v=1746458566