Normas legales (junio 2022)

Revise las normas relacionadas con actividades extractivas y derechos colectivos, publicadas en el Diario Oficial El Peruano desde el 25 de mayo al 27 de junio del 2022.

Congreso de la República

Fecha:

16/06/22

Norma y numeración:

Ley 31494

Sumilla:

Ley que reconoce a los comités de autodefensa y desarrollo rural y los incorpora en el sistema de seguridad ciudadana.

Comentarios:

Esta ley fue aprobada por insistencia por el Congreso de la República, pese a que, en su momento, el presidente Francisco Sagasti la observó.

La norma promueve la creación de comités de autodefensa en apoyo a las fuerzas del orden, en los ámbitos de influencia de comunidades campesinas y nativas y centros poblados rurales del país. Autoriza a estos comités a comprar o recibir en donación armas de fuego de parte del Estado o de particulares. Pueden formular denuncias contra los comuneros y cuando se haya declarado estados de emergencia pueden detenerlos.

Esta norma es inconstitucional porque vulnera la autonomía comunal reconocida en el artículo 89 de la Constitución Política del Perú. Las comunidades tienen autonomía para organizarse para el cumplimiento de sus fines. Sin embargo, esta ley promueve grupos al margen de la organización comunal.

También es inconstitucional porque desconoce la existencia de las rondas campesinas, las cuales se han creado hace muchos años para encargarse de la seguridad y son reconocidas por la Constitución (artículo 149) como órganos de apoyo de las comunidades nativas y campesinas para el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.

Además, va contra las obligaciones internacionales del Estado peruano de proteger los derechos de los pueblos indígenas, establecidos en el Convenio 169 de la OIT.

Esta ley acarrea graves riesgos entre los que debemos considerar:

  • Cede el monopolio o concentración del uso de la fuerza (armas de fuego) del Estado. Dárselo a particulares acarrea un grave riesgo de abuso o de su uso indebido poniendo en riesgo a los ciudadanos.
  • El que surjan grupos armados dentro de las comunidades vinculados a las fuerzas del orden y a particulares, al margen de la organización comunal, desconociendo la existencia de las rondas campesinas, puede traer divisiones y enfrentamientos al interior de las comunidades que será difícil de controlar. Evidentemente, lo más probable es que la voluntad de los grupos armados se imponga porque tendrán el control de la fuerza.

PCM

Fecha:

25/05/22

Norma y numeración:

R.M. N° 161-2022-PCM

Sumilla:

Crean Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el Desarrollo de la provincia de Condorcanqui del departamento de Amazonas”

Comentarios:

Un grave problema que padece Condorcanqui, provincia de Amazonas, con una alta composición indígena de los pueblos awajún y wampís, es la expansión de las economías ilegales (narcotráfico, tala y minería ilegal).

En este contexto, el 4 de abril se reúne la Alta Comisión de Alto Nivel del Poder Ejecutivo y autoridades y representantes de organizaciones sociales para tratar demandas ambientales, económicas, agrarias y sociales. Como resultado de esta reunión se acuerda la creación este grupo de trabajo.

La resolución crea el grupo de trabajo y señala que su objeto es contribuir a la solución de las demandas y revisar la priorización de la inversión pública para cerrar brechas y posibilitar el desarrollo territorial de la provincia de Condorcanqui.

Integran esta comisión un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministerio de Educación, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Producción, del Ministerio de Cultura, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Gobierno regional de Amazonas, del Alcalde de Condorcanqui, del Alcalde de la Municipalidad de Río Santiago y del Alcalde de la Municipaldidad de El Cenepa, del Consejo Aguaruna y Huambisa, de las municipalidades de centros poblados, de la Organización de Desarrollo de las Comunidades Fronterizas del Cenepa (Odecofroc) y de la Federación de las Comunidades Awajún del Río Santiago (Fecas).

El grupo puede convocar a otras organizaciones públicas y privadas y conformar sub grupos de trabajo. Además, el grupo puede solicitar a entidades públicas y privadas asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico e información. Su instalación se haría dentro de los siguientes 20 días a la publicación de la resolución y su vigencia es de 180 días calendario.

Fecha:

27/05/22

Norma y numeración:

DECRETO SUPREMO Nº 059-2022-PCM

Sumilla:

Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Challhuahuacho y Coyllurqui, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac.

Comentarios:

Debido a la conflictividad existente en los distritos de Challhuahuacho y Coyurqui en torno a la minería, principalmente, entre 6 comunidades del entorno de la empresa Las Bambas y dicha empresa, el 27 de abril se declaró por el término de treinta (30) días calendario, Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo Nº 042-2022-PCM, disponiéndose que la Policía Nacional del Perú mantenga el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armada. Con ello se restringe o suspende el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.

Al haberse vencido el plazo de vigencia del Estado de Emergencia este decreto supremo lo prorroga por 60 días calendario a partir del 28 de mayo.

Fecha:

10/06/22

Norma y numeración:

DECRETO SUPREMO Nº 064-2022-PCM

Sumilla:

Decreto Supremo que deja sin efecto la declaración del Estado de Emergencia en los distritos de Challhuahuacho y Coyllurqui, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac

Comentarios:

Que, al haberse instalados mesas de trabajo desarrolladas entre las autoridades del Gobierno Nacional, los representantes de las comunidades campesinas y de la empresa Minera Las Bambas S.A. y haberse arribado a acuerdos para restablecer el orden interno en los distritos de Challhuahuacho y Coyllurqui, por acción del Estado, de la ciudadanía y demás instituciones mediante, mediante Oficio N° 392-2022-CG PNP/SEC (Reservado) y sustentado en el el Informe N° 069-2022-FFPP-APURIMAC/SECUNIPLEDU (Reservado), la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú recomienda que se deje sin efecto la prórroga del Estado de Emergencia dispuesto por el Decreto Supremo N° 059-2022-PCM. En virtud de ello, se emite este decreto.

Fecha:

10/06/22

Norma y numeración:

DECRETO SUPREMO Nº 065-2022-PCM

Sumilla:

Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Caravelí y Atico, provincia de Caravelí del departamento de Arequipa

Comentarios:

A raíz del enfrentamiento entre mineros informales y/o artesanales y la empresa Intigold Mining S.A. en los distrito de Caravelí y Atico, provincia de Caravelí, Arequipa, que tuvo como consecuencia 14 muertos, por disputa de tierras, el gobierno declaro Estado de Emergencia por 60 días calendarios, suspendiéndose los derechos constitucionales relativos a la libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

Fecha:

17/06/22

Norma y numeración:

DECRETO SUPREMO Nº 071-2022-PCM

Sumilla:

Decreto Supremo que prorroga Estado de Emergencia declarado en el distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua

Comentarios:

La comunidad campesina de Tumilaca, Pocata, Coscore y Tala acusa a la empresa minera Southern Perú Copper Corporation de haber usurpado tierras desde hace 50 años exigiendo una indemnización. La empresa se negó a realizar este pago argumentando que tiene los derechos sobre esas tierras. Como medida de protesta los comuneros tomaron el reservorio de Viña Blanca, cortando el suministro de agua para el campamento minero de Cuajone. Para buscar soluciones al conflicto a fines del mes de abril se conforma una mesa de diálogo, la cual se instala los primeros días de mayo.

En este contexto es que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2022-PCM, publicado en el diario oficial “El Peruano” el 20 de abril de 2022, se declaró el Estado de Emergencia en el distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua por el término de sesenta (60) días calendario, el Estado de Emergencia, disponiéndose que la Policía Nacional del Perú mantenga el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

Al haberse vencido el plazo, lo que hace este es establecer una prórroga por 60 días calendario.

Durante la prórroga del Estado de Emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

Fecha:

24/06/22

Norma y numeración:

DECRETO SUPREMO Nº 072-2022-PCM

Sumilla:

Declaración de Estado de Emergencia en la provincia de Condorcanqui del departamento de Amazonas

Comentarios:

Para hacer frente a las actividades delictivas vinculadas con la minería ilegal, tala ilegal y otros delitos conexos, cautelar el orden interno, así como preservar los derechos constitucionales de la población de Condorcanqui, el gobierno decreta Estado de Emergencia. Esta medida ha sido respaldada por las organizaciones indígenas con fecha 25 de junio.


Publicado en el Boletín Actualidad Minera (junio 2022)

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