Sedapal es admitido en proceso de amparo que busca proteger el agua para más de 10 millones de peruanos

La empresa Sedapal, encargada de abastecer de agua potable a más de 10 millones de habitantes de Lima y Callao, fue admitida, el último 08 de junio de 2021, como parte demandante (litisconsorte facultativo activo) por el 6to juzgado constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima,  en el proceso de amparo que interpusieron representantes de la sociedad civil el 2019. Esta demanda de amparo busca se declare la nulidad de las resoluciones administrativas que autorizan el desarrollo del proyecto minero Ariana en una zona de vital importancia para el abastecimiento de agua potable para la ciudad de Lima. La jueza Rocio Rabines Briceño, a cargo del caso, fundamenta en su decisión  que  Sedapal tiene interés jurídicamente relevante  en la demanda porque es responsable de verificar que el servicio de agua potable llegue en forma óptima para el consumo humano, por lo que está acreditado su legítimo interés para participar en el desarrollo del proceso a favor de la parte demandante.

Fundamentos de Sedapal

Sedapal como empresa prestadora de servicios de agua y saneamiento, tiene la responsabilidad de producir agua potable de calidad para consumo de las poblaciones de Lima y Callao, y esta responsabilidad impone el deber de cuidar de las fuentes de agua potable como la laguna Sangrar y la infraestructura que soporta el agua que fluye a la ciudad de Lima y Callao, como es el túnel trasandino Cuevas-Milloc.

En su solicitud para ser incorporada en el proceso, Sedapal indica que su Equipo de Gestión Integral de Plantas tomó muestras de agua, que descarga la laguna de Sangrar y del agua proveniente de la laguna de Marcapomacocha en la entrada al túnel trasandino, en noviembre del año 2020, así como en febrero del presente año; realizando los correspondientes análisis, encontrándose que la concentración de arsénico se encuentra en el límite de los estándares de calidad ambiental (ECA); siendo ello un ambiente muy vulnerable a cualquier variación en sus condiciones, como la construcción de un depósito de relaves mineros, lo que impactaría negativamente en el medio ambiente en la zona.

La demanda de amparo sostiene que la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que autoriza a la Empresa Ariana Operaciones Mineras S.A.C para que realice la explotación de mina subterránea en el área ubicada de forma adyacente a la laguna Sangrar y a la salida del túnel trasandino, implica una amenaza real al derecho al agua potable, pues el inicio de la explotación del proyecto Ariana pone en riesgo el acceso, la suficiencia y calidad del agua potable de la población ubicada en Lima y Callao.

Dos años de espera:  ¿qué sigue en el proceso?

La jueza Rocío Rabines Briceño, titular del Sexto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, debe emitir una sentencia en el más breve plazo para decidir si paraliza o no el proyecto Ariana, de la canadiense Southern Peaks Minnig. El caso Ariana está para sentencia, es decir no hay más actos procesales que resolver, luego de declarar fundada la solicitud a favor de Sedapal para integrarse como parte demandante en el estado que se encuentre el proceso.

Es importante precisar que se trata de un proceso constitucional de amparo y, por ende, de tutela urgente debido a que está en juego varios derechos fundamentales, especialmente el derecho fundamental al agua potable, el derecho a disfrutar de un medio ambiente equilibrado y adecuado, y el derecho fundamental a la salud.

Según Maritza Quispe, abogada constitucional del IDL, “esta sentencia debe ser emitida con argumentos jurídicos válidos, tomando en cuenta los peligros que podría significar la construcción de este proyecto en una zona donde se ha evidenciado que es altamente sísmica o de lo contrario se pondrá en peligro la calidad y cantidad de agua potable para más de 10 millones de ciudadanos de Lima y Callao”.

El proyecto minero Ariana debe ser desestimado por amenazar el agua potable para Lima y Callao

Earthworks y CooperAcción, con la finalidad de sustentar la demanda de amparo con los más altos estándares de rigurosidad científica y técnica, solicitaron a un experto internacional el estudio de riesgo de uno de los componentes mineros más peligrosos del proyecto: la presa de relaves. En este estudio, el doctor en geofísica Steven Emerman ha sido enfático en recomendar que el proyecto minero Ariana debe ser rechazado “sin mayor consideración”, ya que si la presa de Ariana colapsa, los relaves fluirían inmediatamente hacia la bocatoma de agua del Túnel Trasandino, a los canales colectores, al Río Carispaccha y siguiendo su curso podrían afectar incluso los pueblos de Corpacancha, Santa Ana,  Sincamachay y la planta hidroeléctrica Malpaso. Emerman sostiene que no conoce un caso de explotación minera parecida en el mundo, que implique la construcción de una presa de relaves en una zona de suministro de agua para una ciudad capital de un país.

Conoce detalles del caso aquí:  https://bit.ly/2Smwbil 



23 de junio de 2021

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