TC atendió hoy demanda contra paquetazo ambiental – Ley 30230

Hoy en Arequipa, nuestro Tribunal Constitucional llevó a cabo una audiencia donde escuchó los argumentos de la demanda de inconstitucionalidad presentada en contra de la Ley 30230, el denominado paquetazo ambiental, emitido en el 2015.

La demanda, presentada por la CNDDHH, organizaciones indígenas y organizaciones de la sociedad civil y más de 10 mil ciudadanos, cuestiona que las medidas implementadas por el entonces gobierno de Ollanta Humala (para “promover la inversión” y “reactivar la economía”), no se ajustan a nuestra Constitución.

Desde Cooperacción y desde la experiencia de organizaciones sociales a nivel nacional, apoyamos a la demanda con varios cuestionamientos acerca de los graves efectos que el paquetazo (y las otras normas conexas como el DS054 Y 060-2013) tienen en materia ambiental. Así, la demanda denuncia las modificaciones que la ley 30230 hizo sobre nuestro esquema de regulación ambiental, en torno a la fiscalización, la evaluación de impacto ambiental, los estándares de calidad ambiental, entre otros. En su justificación solo menciona un sondeo de opinión aplicado a empresarios.

Luego de más de dos años de su publicación, no solo no se ha logrado el objetivo de promover nuevas inversiones; sino que su aplicación ha significado el atentado contra nuestro derecho a un medio ambiente adecuado para la vida, el menoscabo real de nuestros recursos naturales y el incentivo para una industria irresponsable y de baja calidad, un obstáculo para nuestro desarrollo sostenible. Para recordar solo algunos de los efectos del paquetazo ambiental que se discutirán hoy en el TC, los señalamos a continuación:

  • La Ley 30230 limitó durante tres años la potestad del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) para imponer sanciones a los que infrinjan normas o compromisos ambientales.  Así, desde entonces, salvo muy contadas excepciones, la OEFA no ha podido establecer multas, mandatos de interrupción de actividades, entre otros; si no únicamente medidas correctivas. El plazo se vence en julio de 2017. Luego de casi tres años, resulta evidente que estas medidas nada tenían que ver con reactivar la economía o superar trámites excesivos. Estas medidas no beneficiaron a nuevas inversiones, sino que habrían resultado en un incentivo perverso para aquellas empresas que han venido operando de manera irresponsable con el ambiente. Esta norma les permitió evitar ser sancionadas.
  • Con la Ley 30230 se modificó el sistema de evaluación de los estudios de impacto ambiental. Se redujeron los plazos a 45 días para organismos que tienen que emitir opinión técnica en el EIA (ANA, SERNANP, DIGESA, Ministerio de Cultura, etc.)y se estableció una amenaza de sanción grave para aquellos funcionarios que incumplían dicho  plazo.   Esta medida no consideró la densidad y complejidad de los estudios de impacto ambiental de actividades a gran escala como la minería o la explotación de hidrocarburos. Ni las limitaciones que enfrenta el personal técnico.
  • La ley 30230 atentó contra el proceso de ordenamiento territorial. Le quitó la competencia al MINAM para aprobar la política en esta materia, trasladándola al Consejo de Ministros. Además, le quitó al proceso de OT su carácter de toma de decisiones sobre el uso y la ocupación del territorio, dejando que sean los ministerios sectoriales quienes definen en la práctica el uso del mismo, respondiendo a intereses particulares.

Estas y otras medidas de la Ley 30230 y los otros paquetazos ambientales publicados, significan una reducción de estándares ambientales y sociales. Si bien el objetivo declarado era la promoción de las inversiones y el crecimiento económico, los resultados apuntan al desarrollo de una industria irresponsable y a la degradación de nuestros recursos y medio ambiente. Con estas normas el estado atenta contra nuestro derecho a vivir en un medio ambiente adecuado y equilibrado.

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