Organizaciones indígenas rechazan que el TC desconozca el derecho a la consulta y el Convenio 169

Organizaciones indígenas rechazan que el Tribunal Constitucional desconozca el derecho a la consulta y el Convenio 169

Organizaciones indígenas y campesinas se pronunciaron ante la reciente sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Expediente 03666-PA/TC, mediante el que desconocen el derecho a la consulta previa y el Convenio 169 de la OIT que protege los derechos de los pueblos indígenas, aduciendo que estos no se encuentran reconocidos en la Constitución Política del Perú. 

En la mencionada sentencia, el TC señalaba que “el derecho a la consulta previa no se encuentra reconocido en la Constitución ya sea en forma expresa o tácita”, por lo que consideran que no es un “derecho fundamental”, y que al emanar del “Convenio 169, no le otorga el carácter de derecho fundamental, por lo que no puede inferirse que se trate de un derecho de tal dimensión y menos que tenga rango constitucional”.

Foto: Andina

Al respecto, la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP) se pronunció el último jueves 03 de marzo mediante un comunicado donde denunciaron que “la mayoría del Tribunal Constitucional está dominada por juristas que no quieren reconocer y garantizar los derechos de los pueblos indígenas”.

En el documento señalaron que este fallo fue respaldado por los magistrados Ferrero Costa, Sardón de Taboada y Blume Fortini, en el contexto de una demanda realizada por las comunidades campesinas de Chila Chambilla y Chila Pucará, en Puno, las cuales exigían la nulidad de concesiones mineras que se otorgaron sin consulta previa. 

También se pronunció la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) a través de un comunicado emitido el viernes 04 de marzo donde señalaron que con este fallo el Tribunal Constitucional pretende despojar a los pueblos indígenas de una herramienta fundamental para el acceso a la justicia y defensa de los derechos de los pueblos. 

“No solo respecto al derecho a la consulta, sino de todos aquellas que el Convenio 169 de la OIT contempla, como el derecho al territorio, al consentimiento, a la libre determinación, a la educación y salud intercultural, etc”, se lee en el comunicado. 

En dicho documento calificaron de indignante que a 200 años de la República el “máximo intérprete de la Constitución persista en pronunciamientos que solo visibilizan el racismo contra los pueblos indígenas, al desconocer un derecho tan fundamental como el derecho a la consulta y consentimiento previo, libre e informada, que es el mecanismo de diálogo básico para revertir por fin siglos de colonialismo”. 

Por ello, las organizaciones mencionadas a través de sus pronunciamientos vienen exigiendo la inmediata rectificación del Tribunal Constitucional aclarando que el derecho a la consulta y los demás derechos contemplados en el Convenio 169 de la OIT tiene rango constitucional. 

“Exigimos al Presidente de la República Pedro Castillo y a la Viceministra de Interculturalidad pronunciarse de inmediato en contra de la reciente sentencia emitida por el Tribunal Constitucional y, desde el Ejecutivo, adoptar las medidas que sea necesarias a fin de revisar y modificar toda la normativa contraria al Convenio 169 de la OIT, a fin de garantizar el derecho a la consulta y consentimiento previo, libre e informado de todo acto que pueda afectar a los pueblos indígenas”, puntualiza el comunicado de Aidesep.

En tanto, Onamiap hizo hincapié en que el Ministerio de Cultura y la Viceministra de Interculturalidad deberían manifestarse para que no se vulneren los derechos de los pueblos indígenas.

Fallos se repiten

Esta no es la primera vez que el Tribunal Constitucional desconoce la Consulta Previa. En noviembre de 2021 declaró improcedente (Pleno. Sentencia 1003/2021) la demanda interpuesta por la Federación de Nacionalidad Achuar del Perú (FENAP). 

En dicha demanda, las comunidades nativas Achuar que se encuentran superpuestas con el Lote 64, en Loreto, pedían que se declare la nulidad del lote por no haber sido sometido a Consulta Previa. 

Este lote petrolero terminaría impactando a 22 comunidades indígenas, entre achuar, wampís y candoshi. 

Las sentencias que viene emitiendo el Tribunal Constitucional ante las demandas de pueblos indígenas y comunidades campesinas, se repiten con el desconocimiento a la Consulta Previa y al Convenio 169 de la OIT. 

07 de marzo de 2022

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