Los desafíos para la gestión ambiental desde el caso Las Bambas

 

Comunicado

Los desafíos para la gestión ambiental desde el caso Las Bambas

Sobre el comunicado emitido por el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) en relación a la evaluación en curso de la tercera Modificatoria del Estudio de Impacto Ambiental (MEIA) del proyecto Minero Las Bambas, debemos señalar lo siguiente:

(1) Nos parece importante que se esté realizando una evaluación minuciosa de los cambios propuestos por la empresa minera y de sus implicancias.

(2) En el comunicado del SENACE se indica que en la tercera MEIA y a pedido del SENACE, se ha incluido aspectos relacionados al transporte de concentrados de mineral de la mina al puerto, incluyendo la evaluación de tales impactos y las medidas de control.

(3) Nos parece importante que el SENACE plantee llenar un vacío que se originó en la evaluación del segundo MEIA, cuando en respuesta a una observación la empresa planteó el cambio en la modalidad de transporte de los minerales, optando por utilizar la carretera y descartando el mineroducto. En ese momento (2014) el MINEM no realizó una evaluación del impacto ambiental sobre el transporte terrestre de insumos y concentrados, aprobando así la segunda MEIA. De esa manera, una certificación ambiental con estos vacíos ha dado lugar a que durante casi tres años la población sufra los impactos del transporte sin que existan medidas de mitigación exigibles y adecuadas.

(4) Si bien es un avance que el problema haya sido advertido, su inclusión tardía en la evaluación de la tercera MEIA impide que la ciudadanía y los organismos competentes puedan pronunciarse al respecto. Según el procedimiento, la ciudadanía y los organismos que participan de la evaluación, opinan solo en relación al informe inicial presentado por la empresa y no sobre la información complementaria que ésta alcanza con posterioridad. En el informe inicial, el tema del transporte no se encuentra incluido. Por lo tanto, en estos momentos, la ciudadanía y los organismos que participan de la evaluación, no pueden informarse oportunamente ni opinar sobre lo que la empresa dice o propone en relación al transporte, lo que constituiría una vulneración al derecho de información y participación, que se agrava en un tema tan sensible como el de la carretera.

(5) Además, SENACE en su informe de observaciones del 30 de mayo de 2018, pide a la empresa “Identifique las comunidades y localidades por todo el tramo donde se desarrolla la actividad de transporte tanto por las vías comunales y públicas, además identificar, evaluar y valorizar los impactos sociales que dicha actividad estarían generando y se generarían con estas ampliaciones y modificaciones”. Esta observación es pertinente, pero no queda claro si ello va a implicar una modificación del Área de Influencia del proyecto. Por otro lado, la respuesta a esta observación no es aún conocida por las comunidades, que no han podido informarse no opinar al respecto.

(6) Por otro lado, realizar cambios en el diseño del proyecto supone modificar el estudio de factibilidad. Las empresas no hacen cambios fragmentados y frecuentes en su estudio de factibilidad: esto se hace en conjunto y el debido tiempo, porque de ello depende sus costos y el financiamiento de los mismos. Sin embargo, la determinación de los impactos de esos cambios, se viene realizando de manera fragmentada, a través de MEIA e ITS (Informe Técnico Sustentarorio), que se tramitan de forma consecutiva o simultánea. En el caso de Las Bambas, el 16 de abril de 2013 se presenta la primera MEIA, cuando todavía no concluye su evaluación se presenta el primer ITS, el 11 de julio de 2013. El 13 de febrero de 2014 se aprueba el segundo ITS y en marzo del 2014 se presenta la segunda MEIA. Además, en diciembre de 2016, se plantearon los términos de referencia de la Tercera MEIA, empezando el proceso de su elaboración. Sin embargo,  en junio de 2017 la empresa minera presenta el quinto ITS que fue aprobado en agosto de ese año.

(7) Por ello nos preguntamos: si los cambios considerados necesarios en un proyecto se determinan con tiempo y de manera integral en un solo instrumento (la modificación del estudio de factibilidad), ¿por qué en el caso de Las Bambas la evaluación de los impactos de esos cambios se viene realizando a través de distintos instrumentos de gestión ambiental, unos de mayor exigencia que otros? ¿Cuál es la necesidad de fragmentarlos? Los cambios suelen estar concatenados y también sus impactos. Así por ejemplo, si se aumenta la capacidad de producción, ello plantea cambios en el almacenamiento de concentrados, en el transporte; pero también habrá mayor necesidad de agua, se emitirán más desechos y emisiones. Analizar estos impactos de forma fragmentada no permite dimensionar adecuadamente sus implicancias y es muy probable que estos terminen minimizándose en las medidas de mitigación que se definan. Además, una deficiente certificación ambiental limita la eficacia de las acciones de fiscalización. Por esta razón es importante que la legislación que estableció los ITS se revise y se cumpla con los principios de indivisibilidad e integralidad para la evaluación de los impactos ambientales y sociales.

(8) Ante la dispersión y vacíos existentes en el caso de los instrumentos de gestión ambiental de Las Bambas, lo que hemos venido planteando es la necesidad de una actualización del Estudio de Impacto Ambiental, tal como lo establece la normativa.

(9) Finalmente, si bien sobre este caso, en la página de SENACE hay documentos e información de resumen, esta se encuentra dispersa en varias secciones y no es de fácil acceso para la ciudadanía. De hecho, la información sobre proyectos mineros se encuentra dispersa en tres lugares distintos: la web del SENACE, la web del Ministerio de Energía y Minas y el Sistema de Evaluación en Línea (SEAL), lo que dificulta acceder a la información completa de un determinado proyecto. Así como se está generando la “Ventanilla única” para las empresas, también debería existir una ventanilla única para la información a la ciudadanía, para facilitar el ejercicio del derecho a la información.

16 de agosto de 2018

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