Los cambios en el Senace
El pasado 6 de setiembre se publicó el Decreto Legislativo 1394 que modifica la ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) para fortalecer a dicha institución. Como se sabe, el Senace fue creado el año 2012 como un organismo público especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, a cargo “de la revisión y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) de los proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto, de alcance nacional que contemplen actividades, construcciones, obras y otras actividades comerciales y de servicios que puedan causar impactos ambientales significativos”.
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En líneas generales se puede notar que con estas modificatorias el Senace sale fortalecido. Un primer cambio es que, de ahora en adelante, revisará y aprobará todos los EIA detallados y cuando corresponda, los EIA semi detallados. Con ello la norma cierra la posibilidad que el ministerio sectorial pueda realizar la evaluación de algunos EIA detallados, posibilidad que había quedado abierta en su Ley de creación. Además, hace posible que el Senace pueda revisar y aprobar EIA semi-detallados, algo que no constituía parte de su mandato.
Por otro lado, se le otorga la función de establecer lineamientos para la emisión de los informes y opiniones técnicas de las entidades con competencia ambientales; así como para emitir normas operativas para el ejercicio de las funciones a su cargo, en coordinación con el MINAM. También se le faculta para proponer un proceso de evaluación de EIA-d de 120 días hábiles, con silencio administrativo negativo, aplicable a todos los sectores a su cargo, el cual será aprobado por el MINAM.
En cuanto a sus órganos también hay cambios significativos. En la alta dirección, se ha cambiado la figura del Jefe del Senace por un Presidente Ejecutivo y se le ha sumado una gerencia general. A los órganos de línea y de alta dirección, se suman órganos: resolutivo, consultivo, de control institucional y de administración interna. En el anterior esquema el jefe del Senace resolvía en segunda instancia administrativa, en adelante esta función la asumirá el órgano resolutivo.
El consejo directivo, máximo órgano decisorio del Senace, incorpora como miembro, al Presidente Ejecutivo, que además en adelante preside el consejo. Antes de la modificatoria, la presidencia la tenía el Ministro del Ambiente. Otro cambio operado en esta instancia es que sus miembros dejan de ser ministros y pasan a ser representantes de los ministerios, titulares o alternos, con capacidad de decisión y nombrados mediante resolución ministerial. Esto hace más operativo al Consejo.
Impactos de la carretera de Las Bambas son uno de los temas más álgidos que SENACE ha debido evaluar durante la Tercera Modificatoria al EIA de esta empresa
Cabe señalar además que el cargo de Jefe de Senace es subsumido en el cargo de Presidente Ejecutivo. Al Presidente la norma le dota de funciones adicionales: debe proponer al Ministerio del Ambiente el proyecto del Presupuesto Institucional, aprobar la Memoria Institucional Anual, el Balance y los Estados Financieros, dando cuenta al Consejo Directivo, aprobar las disposiciones necesarias para la implementación, operación y mejora continua de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental, aprobar guías, manuales y directivas referidas a asuntos de competencia del Senace, así como emitir resoluciones en los asuntos concernientes a las actividades de la entidad, definir la agenda, convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo; supervisar la gestión de los órganos y conducir la ejecución de los acuerdos del Consejo Directivo.
Varias de estas nuevas funciones han sido parte de las funciones del Consejo Directivo y otras corresponden al ejercicio de la presidencia de este órgano. Otra novedad es que la elección del Presidente Ejecutivo o su destitución ya no es a propuesta del consejo directivo; lo que sí mantiene este órgano respecto a la elección, es su función de aprobar los mecanismos de evaluación, el proceso de selección y la convocatoria. También establece los requisitos para acceder al cargo de Presidente y de titulares de órganos de línea. En esto el Consejo ha fortalecido su función, pues anteriormente solo proponía esos requisitos, no los definía. Cabe precisar además, que el Consejo Directivo puede delegar alguna de sus funciones al Presidente Ejecutivo por el tiempo que considere conveniente.
En cuanto a los 5 miembros del Consejo consultivo, la norma indica que uno debe ser representante de los Colegios Profesionales. Además precisa que estos deben tener experiencia en temas vinculados a proyectos de desarrollo e inversión, a evaluación del impacto ambiental o a prevención de conflictos sociales. Son propuestos por el Presidente/a Ejecutivo/a y elegidos por el Consejo Directivo.
En cuanto a ventanilla única se señala que las entidades que deben dar opiniones técnicas o informes técnicos en procedimientos de competencia del Senace, deben emitir sus opiniones o informes a través de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental, mediante la Plataforma de Interoperatividad del Estado (PIDE). Para facilitar este acceso Senace puede emitir medidas técnicas o administrativas. Una nueva facultad que se le otorga al Senace es promover espacios de diálogo con la ciudadanía para la finalidad de fortalecer la confianza.
Si bien, como se ha mencionado, los cambios apuntan a fortalecer al Senace es importante subrayar que un tema ausente en la norma es el presupuestal. Progresivamente Senace ha ido asumiendo la revisión y evaluación de EIA de nuevos sectores, sin que ello haya implicado necesariamente nuevos recursos. Es más, el 2018 su presupuesto sufrió una baja de 3.9 millones con respecto al año anterior (pasó de 33.5 millones a 29.6 millones). Esto preocupa por el proceso de transferencia de competencias continúa y culminará el recién el 2021, lo que supone un incremento de carga de responsabilidades y nuevas necesidades en el ejercicio de la función. Por lo tanto, el fortalecimiento institucional también debería tomar en cuenta el tema presupuestal.
16 de octubre de 2018
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