Censo 2025: organizaciones indígenas denuncian irregularidades en la aplicación de la pregunta de identificación étnica

Advierten que estas inconsistencias desvirtuarían los resultados de los Censos Nacionales, ocultando o minimizando la cantidad de personas identificadas como indígenas.
Siete organizaciones indígenas de alcance nacional enviaron una carta al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) el pasado 30 de agosto, en la que denuncian diversas irregularidades que vulneran el derecho a la autoidentificación étnica en los Censos Nacionales 2025. Las organizaciones revelan varios casos en los que los censistas omiten realizar la pregunta 10 sobre etnicidad, o bien manipulan la pregunta, cambiándola, o restringiendo las opciones. Todo ello generaría una minimización de la población indígena en las estadísticas nacionales.
En la carta, dirigida al jefe del INEI, Gaspar Morán, así como al viceministro de Interculturalidad Percy Barranzuela, las organizaciones señalan:
“Manifestamos nuestra preocupación, debido a que hemos recibido diversas y numerosas quejas y comentarios sobre lo que sería una manipulación de la pregunta 10 de identificación étnica, por parte de algunos censistas, hecho que se ha repetido en varios distritos de Lima e incluso distritos en otras regiones”.
Entre los hechos recopilados por las organizaciones indígenas, se incluyen:
- Censistas que omitieron la pregunta 10 de identificación étnica, con casos detectados en los distritos de Carabayllo, Magdalena y Pueblo Libre en Lima, y Pomata en El Collao, Puno.
- Censistas que no formulan la pregunta sobre la lengua materna, con casos recopilados en el distrito de Carabayllo.
- Censistas que modificaron la pregunta y leyeron solo dos categorías de la lista de opciones: “¿se considera blanco o mestizo?”
- Orientación de la respuesta a través del énfasis en la lectura de las opciones. Por ejemplo, en un edificio del distrito de Miraflores, el censista leía las opciones de manera veloz y se detenía haciendo énfasis en “mestizo” y “blanco”.
Además, las organizaciones indígenas remitentes señalan que, si esta tendencia continúa, ello “desvirtuará los resultados de los Censos Nacionales, ocultando o minimizando la cantidad de personas que nos autoidentificamos como parte de un pueblo indígena u originario”. Cabe indicar que la correcta identificación y cuantificación de la población indígena incide en la posibilidad de implementar políticas públicas pertinentes en temas como educación, salud, infraestructura, entre otros.
Por ello, las organizaciones demandan “que se tomen de manera inmediata las medidas correctivas, por la responsabilidad funcional que acarrea” o “de lo contrario, nos reservamos el derecho de interponer acciones administrativas y/o legales”, señalan.
Esta es la segunda carta que las organizaciones indígenas de carácter nacional envían al INEI en el marco del desarrollo de los Censos Nacionales 2025. La primera, enviada el 5 de agosto, denunció la falta de información y la ausencia de “una campaña masiva y contundente que anuncie los Censos e informe las particularidades del mismo”.
Las organizaciones que suscriben la carta son: la Organización Nacional de Mujeres Indígenas, Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP), la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), la Confederación Nacional Agraria (CNA), la Federación Nacional de Mujeres Campesinas, Artesanas, Indígenas, Nativas y Asalariadas del Perú (FENMUCARINAP), la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (CONAP), Unión Nacional de Comunidades Aimaras (UNCA) y la Confederación Campesina del Perú (CCP); organizaciones nacionales representativas de pueblos indígenas u originarios del Perú reconocidas por el Estado peruano.
Cabe indicar que estas organizaciones también integran el Grupo de Trabajo de Políticas Indígenas, creado mediante Resolución Ministerial N°403-2014-MC; y conforman la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada de proponer, realizar el seguimiento y fiscalizar la implementación de las medidas y acciones estratégicas para el desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios en el país, creada mediante Decreto Supremo Nº 005-2021-MC. Es decir, son miembros titulares de los espacios de participación indígenas creados por el propio Estado para la efectiva implementación de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas u originarios, reconocidos por normativa internacional como el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.
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