El protocolo ausente

Por Leonidas Wiener R.

La semana pasada, el MINEM aprobó el “Protocolo sanitario para la implementación de medidas de prevención y respuesta frente al COVID-19 en las actividades del subsector minería, subsector hidrocarburos y subsector electricidad” (RM 128-2020-MINEM/DM). Este establece una serie de medidas preventivas para la detección temprana y respuesta que eviten o controlen la propagación del COVID-19 entre los trabajadores de estos subsectores. Este Protocolo se enmarca en los lineamientos aprobados por el MINSA para ser aplicados en los distintos espacios laborales conforme al rubro económico respectivo.

De esa manera, en el marco del aun inicial proceso de reactivación económica que viene impulsando el gobierno para enfrentar los estragos que ha ocasionado el COVID-19, se están disponiendo las condiciones sanitarias mínimas para que las actividades extractivas estén entre las primeras en reanudar sus actividades. Sin embargo, una interrogante muy importante no se ha podido aclarar hasta la fecha: ¿cómo se van a seguir desarrollando las relaciones comunitarias por parte de las empresas extractivas?; o, dicho de otra manera, ¿de qué manera se van a llevar a cabo las relaciones entre estas empresas y la población de su zona de influencia en un contexto de emergencia sanitaria?

Los planes de relaciones comunitarias, o planes de gestión social, son uno de los componentes de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) de los proyectos extractivos, sea de minería o hidrocarburos. Estos varían de acuerdo a las características del proyecto, pero por lo general, incluyen programas de comunicación e información con la población de la zona de influencia (stakeholders), sistemas de atención de reclamos, códigos de conducta, planes de contratación temporal de personal de la zona, programas de desarrollo local, planes de negociación y compensación por las tierras, entre otros. El propósito de estos planes es generar condiciones sociales mínimas para la ejecución de un proyecto de inversión. Inevitablemente su aplicación, genera un contacto permanente entre trabajadores de la empresa y la población, sea para negociar la compra o el alquiler de un terreno comunal, verificar los avances de un proyecto de irrigación o innovación agropecuaria financiado por la empresa, o designar a un grupo de personas que realizará labores temporales.

La pregunta que salta a la vista es: ¿estas relaciones se mantendrán de la misma manera en un contexto de COVID-19? Hasta la fecha el gobierno no ha aprobado ningún lineamiento o protocolo para evitar la propagación del COVID-19 entre la población que reside en las zonas de influencia de estas industrias extractivas. Como se sabe, esta población corresponde principalmente a comunidades campesinas y nativas en situación de pobreza y pobreza extrema, muchos de ellos adultos mayores, altamente vulnerables a los efectos de esta pandemia.

La omisión de un protocolo de estas características representa una delicada omisión que el gobierno no ha podido resolver hasta la fecha. Sobre este punto, en la RM 129-2020-MINEM/DM, que aprueba los criterios de focalización territorial para reiniciar las actividades de minería, hidrocarburos y electricidad, se hace una pequeña mención en el sentido que las empresas deben socializar y difundir sus planes internos de contención del COVID-19. Pero tal como está redactado, más parece una guía de buenas prácticas que una obligación fiscalizable. Esta norma tampoco desarrolla criterios sobre la forma cómo se van a desarrollar estas acciones de difusión ni quién les va a hacer seguimiento, dejándolo a la decisión discrecional de las empresas.

Tampoco se tiene información si es que las grandes empresas extractivas que operan en el país vienen adecuando sus prácticas internas para adecuar sus relaciones comunitarias en este escenario de COVID-19. Por lo visto hasta la fecha, muchas empresas mineras no han estado actuando con la debida diligencia, reportándose más de 250 casos de trabajadores infectados (a pesar de que supuestamente las empresas estaban operando confinadas todo este tiempo), y produciéndose además, tensiones sociales en distintas partes del país por la falta de transparencia de algunas empresas mineras para informar sobre los traslados del personal para los relevos respectivos[1].

Muchas interrogantes por responder y temas que requieren ser aclarados, pero que lamentablemente parecen encontrar cada vez menos eco en un gobierno fuertemente presionado por sectores empresariales privados que por las urgencias del día, no tienen reparos en dejar de lado obligaciones y compromisos ambientales y sociales

Anexos:
[1] Esta es una cuestión sobre la cual la Defensoría del Pueblo se ha manifestado recientemente, solicitando al MINEM que obligue a las empresas a informar y/o coordinar previamente con la población de su zona de influencia sobre los traslados de personal, como medio para evitar situaciones de conflicto social. Ver: https://cooperaccion.org.pe/defensoria-del-pueblo-advierte-riesgos-en-aplicacion-del-protocolo-para-traslados-de-trabajadores-mineros/.

13 de mayo de 2020

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