REVISIÓN DE NORMAS DEL 26/08/2023 AL 25/09/2023

PCM

FECHA

10/09/2023

NORMA Y NUMERACIÓN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 191-2023-PCM

SUMILLA

Modifican la R.M. N° 206-2021-PCM, sobre periodo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial “Apoyo a la implementación de la propuesta de desarrollo integral para los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y de Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto”

COMENTARIO

En el año 2021, se aprobó la Resolución Ministerial N° 206-2021-PCM, mediante la cual se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial temporal denominado “Apoyo a la implementación de la propuesta de desarrollo integral para los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y de Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto”.

La finalidad del grupo es proponer las medidas para alcanzar el desarrollo integral para los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados en Manseriche y Morona, a través de dos subgrupos de trabajo. Uno de ellos evalúa y sugiere la adopción de medidas concretas para el avance en los proyectos; mientras que, el otro apoye en la mejora de gestión en 3 ejes principales de la propuesta de desarrollo: salud, educación y justicia intercultural.

El grupo de trabajo está conformado por 22 representantes de diversas instituciones: PCM, Minem, Minedu, Minsa, Minam, Midis, MTC, Midagri, MVCS, Mincul, MMPV, Municipalidad distrital de Manseriche, Municipalidad distrital de Morona, Organización del Pueblo Awajun del Sector Yurapaga–ORPASY, Organización de los Pueblos Indígenas de Manseriche (ORPISEM), Organización Ijunbau Chapi Shiwag (CHAPISHIWAG), Frente de Defensa del Distrito de Manseriche (FREDEDMA), Gobierno Autónomo del Pueblo Chapra, Federación Nativa de Defensa y Desarrollo del Morona (FENADEM), Nacionalidad Wampís del Perú (FENAWAP), Federación de comunidades Shawi del Morona (FECONASHAM), y Federación Achuar del Situche y Anas (FASAM).

Originalmente, el periodo de vigencia de este grupo era hasta el 31 de diciembre de 2021; sin embargo, la vigencia del grupo de trabajo se ha ampliado anteriormente mediante las Resoluciones Ministeriales N° 321-2021-PCM, N° 235-2022-PCM y N° 051-2023-PCM. A través de la presente Resolución Ministerial, el periodo de vigencia se extiende hasta el 10 de setiembre de 2024, fecha en la que se deberá presentar un Informe Final a la PCM.

FECHA

12/09/2023

NORMA Y NUMERACIÓN

DECRETO SUPREMO N° 102-2023-PCM

SUMILLA

Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad

COMENTARIO

Debido a la alta actividad criminal en la zona, el gobierno prorroga el Estado de Emergencia prorrogado por última vez por medio del Decreto Supremo N° 095-2023-PCM, de fecha 18 de agosto de 2023, en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad. Esta prórroga es de 30 días calendario a partir del 17 de setiembre de 2023. Además, se señala que la PNP deberá presentar un informe detallado del actuar de las fuerzas policiales durante la duración del estado de emergencia y los resultados de esta acciones, dentro de los 5 días hábiles posteriores; es decir, hasta el 24 de octubre, en caso de no existir extensiones al estado de emergencia. Se debe considerar que gran parte de la criminalidad en Pataz se debe a la disputa entre bandas criminales y los mineros informales ante el negocio de la explotación informal del oro. Parte de las acciones criminales en la zona con relación a la minería aurífera son la extrema violencia, la explotación, la trata de personas, la explotación sexual y los delitos contra el medio ambiente.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

FECHA

25/08/2023

NORMA Y NUMERACIÓN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 296-2023-EF/50

SUMILLA

Resolución Ministerial que aprueba los índices de distribución de la regalía minera correspondientes al mes de julio del año 2023

COMENTARIO

En observancia de la Ley de Regalía Minera, Ley 28258, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los índices de distribución de la regalía minera correspondientes al mes de julio de 2023. Estos índices son aplicables a los gobiernos locales, gobiernos regionales y universidades nacionales beneficiados con la regalía minera. La distribución es realizada por el MEF conforme al numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley de Regalía Minera. Esta labor debe ser realizada en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir del último día de pago de la regalía minera. Según lo estipula el numeral 16.5 del artículo 16 del Reglamento de la Ley de Regalía Minera, aprobado mediante Decreto Supremo 157-2004-EF, el MEF determina los Índices de Distribución de la Regalía Minera del último mes y/o del último trimestre.

MINISTERIO DEL AMBIENTE

FECHA

24/08/2023

NORMA Y NUMERACIÓN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 265-2023-MINAM

SUMILLA

Aprueban la “Guía de prevención y gestión de conflictos socioambientales”.

COMENTARIO

En diciembre de 2021, se emitió la Resolución Ministerial N° 227-2021-MINAM, que aprobó el procedimiento para la Elaboración, Aprobación, y Archivo de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio del Ambiente, con la finalidad de actualizar el ordenamiento jurídico a la que se sujeta el Minam tomando en cuenta las variaciones de las leyes y de las realidades que atraviesa nuestro país en materia ambiental.

Siguiendo estos lineamientos, este 24 de agosto, se emitió la Resolución Ministerial N° 265-2023-MINAM que aprueba y dispone la publicación de la Guía de prevención y gestión de conflictos socioambientales, sustentada por el Informe N° 00032- 2023- MINAM/SG/OGASA, remitido por la Oficina General de Asuntos Socio Ambientales; y con opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

Esta guía busca brindar pautas y orientaciones sobre la prevención y gestión de los conflictos socioambientales de competencia del Minam, y por tanto, son de aplicación obligatoria para las unidades de organización, programas, proyectos especiales y organismos públicos que lo conforman. Para ello se tiene 3 principales líneas de acción: (1) Prevención, consiste en la intervención antes las manifestaciones previas al surgimiento de un conflicto; (2) Tratamiento, ante la ocurrencia de un conflicto, gestiona los factores de estos y fortalece las alternativas de solución mediante los mecanismos institucionales previstos en el Sistema Nacional de Gestión Ambiental; y, (3) Seguimiento, consiste en las actuaciones anticipadas ante la posibilidad del resurgimiento del conflicto, es decir, la “prevención” de que un conflicto reavive.

FECHA

25/08/2023

NORMA Y NUMERACIÓN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 267-2023-MINAM

SUMILLA

Aprueban la “Guía para la elaboración de la Estrategia de Manejo Ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA)”

COMENTARIO

Por ello, este 25 de agosto, se emitió la Resolución Ministerial N° 267-2023-MINAM que aprueba y dispone la publicación de la Guía para la elaboración de la Estrategia de Manejo Ambiental en el marco del SEIA.

El SEIA fue creado en el año 2001 con el objetivo de identificar, prevenir, supervisar, controlar y corregir anticipadamente los impactos ambientales negativos de diversos planes, programas y proyectos, como un sistema ambiental preventivo coordinado y transversal a los 3 niveles del gobierno.

Esta guía tiene por objetivo establecer enfoque, criterios y lineamientos a considerar en la elaboración de la Estrategia de Manejo Ambiental, que orienta a los actores del SEIA (tales como el Minam, el Senace y autoridades regionales y locales responsables de certificación ambiental de naturaleza descentralizada) en la elaboración de instrumentos de gestión ambiental complementaria al SEIA y específicamente a la sétima etapa de la elaboración de un estudio ambiental: la elaboración de la EMA.

La Estrategia de Manejo Ambiental consiste en el conjunto de programas para prevenir, controlar, mitigar, compensar y corregir los impactos en el ambiente que se hayan generado en las etapas de construcción, operación, mejoramiento y abandono del proyecto. Estos son: el Plan de Manejo Ambiental (PMA); el Plan de Contingencias (PC); el Plan de Vigilancia Ambiental (PVA); el Plan de Relaciones Comunitarias (PRC) o el que haga sus veces; el Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos (PMMRS); el Plan de Compensación Ambiental (PCA); y, el Plan de Abandono o Cierre (PA-PC). Esta guía establece criterios generales para su elaboración como la Consideración del ciclo de vida del proyecto de inversión, la Aplicación de la jerarquía de mitigación, la Correspondencia y proporcionalidad entre impactos y medidas, entre otras. Asimismo, fija obligaciones complementarias vinculadas a cronogramas, presupuestos y compromisos ambientales.

FECHA

29/08/2023

NORMA Y NUMERACIÓN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 271-2023-MINAM

SUMILLA

Crean el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, denominado “Grupo Impulsor para la Implementación de la Agenda de Investigación Ambiental al 2030”

COMENTARIO

Este espacio se crea siguiendo con la finalidad de impulsar la implementación de la Agenda de Investigación Ambiental al 2030.

El grupo contempla 7 miembros, conformado por un representante del Viceministerio de Gestión Ambiental (quien lo preside), del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Presidencia Ejecutiva del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Geofísico del Perú (IGP), de la Presidencia Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INAIGEM), y de la dirección general de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental.

Dentro de los 3 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de esta resolución, se designa a estos representantes y sus alternos, por comunicación escrita a la Secretaría Técnica. La instalación de la comisión es dentro de los 7 días hábiles siguientes de publicada la resolución y su vigencia es por un plazo máximo de 2 años desde el día siguiente de la instalación.

INGEMMET

FECHA

24/08/2023

NORMA Y NUMERACIÓN

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 105-2023-INGEMMET/PE

SUMILLA

Asignan montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de julio de 2023

COMENTARIO

El Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (Ingemmet) asigna los montos que por derecho de vigencia y penalidad corresponden al mes de julio de 2023, según el siguiente detalle:

ENTIDADESMONTO POR DISTRIBUIR
US$S/
Municipalidades distritales3,459,214.618,192,673.64
Ingemmet835,505.232,085,102.86
Ministerio de Energía y Minas208,876.30521,275.71
Gobiernos Regionales80,019.04124,512.64
TOTAL4,583,615.1810,923,564.85

Esta asignación es realizada por el Ingemmet, debido a que, dicha facultad le fue asignada en el artículo 92 del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 03-94-EM.

FECHA

12/09/2023

NORMA Y NUMERACIÓN

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 0110-2023-INGEMMET/PE

SUMILLA

Disponen la publicación de la relación de las concesiones mineras cuyos títulos se aprobaron en agosto del 2023

COMENTARIO

Esta resolución comparte la publicación de la relación de las 467 concesiones mineras aprobadas en el mes de mayo de 2023, a lo largo de los departamentos de Amazonas (3), Ancash (45), Apurímac (25), Arequipa (45), Ayacucho (44), Cajamarca (30), Cusco (38), Huancavelica (11), Huánuco (22), Ica (11), Junín (12), La Libertad (43), Lambayeque (5), Lima (40), Loreto (2) Moquegua (12), Pasco (6), Piura (9), Puno (47), San Martín (2), Tacna (13), Tumbes (1), Ucayali (1).

ANA

FECHA

20/09/2023

NORMA Y NUMERACIÓN

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0271-2023-ANA

SUMILLA

Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Autoridad Nacional del Agua, correspondiente al año 2024, PLANEFA – ANA – 2024

COMENTARIO

A través de esta resolución jefatural se aprobó el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Autoridad Nacional del Agua (PLANEFA) de la ANA para el 2024; además de establecer como entidad encargada del seguimiento de ejecución del Planefa a la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos.

La Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM establece que el PLANEFA es un instrumento de planificación mediante el cual las entidades de fiscalización ambiental (EFA) programan las acciones que realizarán con relación a la fiscalización ambiental que se llevan a cabo en el año fiscal; y este debe ser elaborado, aprobado y reportado por la EFA.

En este caso en particular, ANA, como uno organismo adscrito al MIDAGRI, es responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos. Por tanto, es a quien le corresponde la elaboración del PLANEFA de su sector.

Este PLANEFA tiene por fin planificar acciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental de la ANA durante el 2024. Además, plantea la realización de 410 supervisiones a autorizaciones de vertimiento y reúso de aguas residuales tratadas, la ejecución de 159 evaluaciones de la calidad de recursos hídricos superficiales, la conclusión del trámite de dos expedientes de Procedimientos Administrativos Sancionadores y la aprobación de dos instrumentos normativos. Asimismo señala que las instancias competentes de la ANA son: (a) las 71 Administraciones Locales de Agua (ALA), quienes deben supervisar, controlar, vigilar y fiscalizar para asegurar el uso sostenible, conservación y protección de la calidad de los recursos hídricos; las 14 Autoridades Administrativas del Agua (AAA), quienes deben supervisar las acciones de las ALA y consolidar la información recibida por parte de ellas y remitirla al órgano de línea; y la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos (DCERH), que debe orientar y apoyar a los órganos desconcentrados en las actividades de control y vigilancia de la calidad de las aguas en sus fuentes naturales.

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