REVISIÓN DE NORMAS DEL 25/04/2023 AL 24/06/2024
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha
30/05/2024
Norma y numeración
Decreto Supremo Nº 054-2024-PCM
Sumilla
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto de la provincia de Tambopata y en los distritos de Madre de Dios y Huepetuhe de la provincia de Manu del departamento de Madre de Dios
Comentario
Las actividades de la minería ilegal en las provincias de Tambopata y Manu, en el departamento de Madre de Dios, son las causantes de que se cometan los delitos de tala ilegal de bosques y contaminación de suelos y ríos.
En este contexto, mediante Decreto Supremo N° 046-2023-PCM, publicado el 6 de abril de 2023, se declaró en estado de emergencia a los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto (provincia Tambopata), y Madre de Dios y Huepetuhe (provincia Manu) del departamento de Madre de Dios.
Si bien originalmente el plazo era por sesenta (60) días calendario, este se ha prorrogado en múltiples ocasiones por medio de los Decretos Supremos 068-2023-PCM, 086- 2023-PCM, 108-2023-PCM, 131-2023-PCM, 009-2024-PCM y 034-2024-PCM.
Debido al vencimiento del último plazo, se publicó el DS 054-2024-PCM con el fin de prorrogar, por las mismas razones, el estado de emergencia por otros 60 días calendario, Es decir, del 31 de mayo hasta el 30 de julio del presente año. Además, se señala que la PNP deberá presentar un informe detallado del actuar de las fuerzas policiales y los resultados de esta acciones, dentro de los 5 días hábiles posteriores; es decir, hasta el 6 de agosto de 2023.
Fecha
3/06/2024
Norma y numeración
Decreto Supremo Nº 055-2024-PCM
Sumilla
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa.
Comentario
El 30 de enero de 2024, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2024-PCM, se declaró por el término de treinta (30) días calendario, a partir del 5 de febrero de 2024, el Estado de Emergencia en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, incluyendo los quinientos (500) metros adyacentes a cada lado de la vía; disponiéndose que la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas
El estado de emergencia ha sido prorrogado consecutivamente por los los Decretos Supremos Nº 024-2024-PCM, Nº 036-2024-PCM y Nº 047-2024-PCM, hasta el 4 de junio de 2024.
Bajo esta norma, publicada el 03 de junio de 2024, se ha decretado la prórroga del Estado de Emergencia por el término de 30 días calendario a partir del 4 de junio de 2024 hasta el 4 de julio.
El estado de emergencia tiene un carácter excepcional. Según el artículo 137 de la Constitución debe ser usado solo en situaciones de «perturbación de la paz o el orden interno, catástrofe o de grave circunstancias que afecten la vida de la Nación». Es decir se aplica a casos muy graves de pertubación del orden interno. Esta excepcionalidad se explica porque un estado de emergencia acarrea la suspensión de derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión y tránsito. Lo que viene pasando en el corredor vial del sur es que se viene declarando estado de emergencia de forma permanente y por años, con pequeñas interrupción. A lo largo del corredor del sur, las personas viven con sus derechos limitados. Además, se está desnaturalizando esta institución jurídica pues se la está utilizando para controlar conflictos sociales. Creemos que en una democracia esto no debería ocurrir. Los conflictos sociales deben ser resueltos de otra manera, que permitan establecer una paz duradera.
MINISTERIO DEL AMBIENTE
Fecha
11/06/2024
Norma y numeración
Resolución Ministerial Nº 179-2024-MINAM
Sumilla
Disponen la publicación de proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental”, y su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio
Comentario
Se aprueba la publicación del proyecto de nuevo Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y su exposición de motivos. Este proyecto tiene aspectos positivos y otros preocupantes. Entre lo positivo está que hay una actualización de la normativa a los cambios que se han dado en los útlimos años facilitando su aplicación. Lo preocupante se que temas como el ordenamiento territorial ambiental no han sido considerados.
Fecha
22/06/2024
Norma y numeración
Resolución Ministerial N° 189-2024-MINAM
Sumilla
Reconocen el Área de Conservación Privada “Huella Verde”, ubicado en el distrito de Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto
Comentario
Se reconoce al predio «Huella Verde», ubicado en el distrito de Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto, como área de Conservación Privada (ACP) por 50 años, estableciéndose las condiciones especiales para su uso.
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Fecha
1/06/2024
Norma y numeración
Resolución Ministerial N° 218-2024-MINEM/DM
Sumilla
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Ancash
Comentario
Se transfiere la suma de S/ 336 983.00 (Trescientos treinta y seis mil novecientos ochenta y tres con 00/100 soles) a favor del Gobierno Regional de Ancash, destinada exclusivamente a su Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio en materia minero energética.
Esta transferencia financiera proviene de Recursos Directamente Recaudados, sus términos y obligaciones se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrados entre en el MINEM y el Gobierno Regional de Ancash.
Fecha
1/06/2024
Norma y numeración
Resolución Ministerial N° 219-2024-MINEM/DM
Sumilla
Autorizan primera transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional del Callao
Comentario
Se transfiere la suma de S/ 100 000.00 (Cien mil y 00/100 soles) a favor del Gobierno Regional de Callao, destinada exclusivamente a su Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio en materia minero energética.
Esta transferencia financiera proviene de Recursos Directamente Recaudados, sus términos y obligaciones se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrados entre en el MINEM y el Gobierno Regional de Callao.
Fecha
1/06/2024
Norma y numeración
Resolución Ministerial N° 220-2024-MINEM/DM
Sumilla
Autorizan primera transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Madre de Dios
Comentario
Se transfiere la suma de S/ 100 000.00 (Cien mil y 00/100 soles) a favor del Gobierno Regional de Madre de Dios, destinada exclusivamente a su Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio en materia minero energética.
Esta transferencia financiera proviene de Recursos Directamente Recaudados, sus términos y obligaciones se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrados entre en el MINEM y el Gobierno Regional de Madre de Dios.
Fecha
1/06/2024
Norma y numeración
Resolución Ministerial N° 221-2024-MINEM/DM
Sumilla
Autorizan primera transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Cajamarca
Comentario
Se transfiere la suma de S/ 100 000.00 (Cien mil y 00/100 soles) a favor del Gobierno Regional de Cajamarca, destinada exclusivamente a su Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio en materia minero energética.
Esta transferencia financiera proviene de Recursos Directamente Recaudados, sus términos y obligaciones se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrados entre en el MINEM y el Gobierno Regional de Cajamarca.
Fecha
1/06/2024
Norma y numeración
Resolución Ministerial N° 222-2024-MINEM/DM
Sumilla
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Ayacucho
Comentario
Se transfiere la suma de S/ 656 019.00 (Seiscientos cincuenta y seis mil diecinueve con 00/100 soles) a favor del Gobierno Regional de Ayacucho, destinada exclusivamente a su Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio en materia minero energética.
Esta transferencia financiera proviene de Recursos Directamente Recaudados, sus términos y obligaciones se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrados entre en el MINEM y el Gobierno Regional de Ayacucho.
Fecha
5/06/2024
Norma y numeración
Resolución Ministerial Nº 230-2024-MINEM/DM
Sumilla
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Junín
Comentario
Se transfiere la suma de S/ 117 067,00 (Ciento diecisiete mil sesenta y siete con 00/100 soles) a favor del Gobierno Regional de Junín, destinada exclusivamente a su Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio en materia minero energética.
Esta transferencia financiera proviene de Recursos Directamente Recaudados, sus términos y obligaciones se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrados entre en el MINEM y el Gobierno Regional de Junín.
Fecha
6/06/2024
Norma y numeración
Resolución Ministerial Nº 234-2024-MINEM/DM
Sumilla
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Loreto
Comentario
Se transfiere la suma de S/ 208 400,00 (Doscientos ocho mil cuatrocientos con 00/100 soles) a favor del Gobierno Regional de Loreto, destinada exclusivamente a su Dirección Regional de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio en materia minero energética.
Esta transferencia financiera proviene de Recursos Directamente Recaudados, sus términos y obligaciones se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrados entre en el MINEM y el Gobierno Regional de Loreto.
Fecha
12/06/2024
Norma y numeración
Resolución Ministerial Nº 242-2024-MINEM/DM
Sumilla
Conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de trabajo para atender la problemática de las comunidades que forman parte del proceso de Consulta Previa del Lote 8”
Comentario
Se conforma un Grupo de Trabajo Multisectorial con el fin de abordar los acuerdos suscritos en las Actas de Consulta de las sesiones diálogo del proceso de consulta previa del Lote 8, ubicado en Loreto, en los distritos de Trompeteros, Urarinas y Parinari.
El grupo está conformado por representantes del Poder Ejecutivo, Gobierno Regional de Loreto, Gobiernos Locales y 44 comunidades indígenas y federaciones a las que representan. Entre las funciones del grupo se encuentra: coordinar y analizar propuestas de desarrollo, así como proponer soluciones a las problemáticas de las comunidades que suscribieron las Actas de Consulta, articular con entidades públicas con el fin de contribuir al desarollo de las comunidades.
El periodo de vigencia del Grupo es de 180 días calendario, tras cumplir el plazo se debe presentar un Informe Final al Titular del Ministerio de Energía y Minas.
Fecha
14/06/2024
Norma y numeración
Decreto Supremo N° 009-2024-EM
Sumilla
Decreto Supremo que declara de necesidad pública la inversión privada en actividad minera y autoriza a empresa minera con inversión extranjera a adquirir derechos mineros dentro de los cincuenta kilómetros de zona de frontera
Comentario
El Estado declara de necesidad pública la inversión privada en minería con el fin de que MINERA BARRICK PERÚ S.A. adquiera concesiones y derechos sobre minas y recursos complementarios.
Se le autorizó a la minera adquirir los siguientes derechos mineros ubicados en Tacna:
INSTITUTO GEOLÓGICO, MINERO Y METALÚRGICO
Fecha
30/05/2024
Norma y numeración
Resolución de Presidencia Nº 057-2024-INGEMMET/PE
Sumilla
Asignan montos por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondientes al mes de abril de 2024.
Comentario
En esta resolución se señala que la Dirección de Derecho de Vigencia indicó como monto a distribuir, correspondiente al mes de abril de 2024, la suma de US$ 1,328,537.15 (Un Millón Trescientos Veintiocho Mil Quinientos Treinta y Siete y 15/100 Dólares Americanos) y de S/ 730,988.97 (Setecientos Treinta Mil Novecientos Ochenta y Ocho y 97/100 Soles). Las entidades beneficiarias son las municipalidades distritales, INGEMMET, Ministerio de Energía y Minas, y gobiernos regionales.
Fecha
7/06/2023
Norma y numeración
Resolución de Presidencia N° 2290-2024-INGEMMET/PE/PM
Sumilla
Declaran caducidad de la concesión minera CUSIHUAMAN 2005 código N° 040008005, por el no pago oportuno del derecho de vigencia de los años 2018, 2019, 2021, 2022 y 2023, y de la penalidad de los años 2022 y 2023
Comentario
Por Resolución de Presidencia Efectiva, se declara la caducidad de la Concesión Minera Cusihuaman 2005 Código N° 040008005 por incumplir con el pago de sus derechos de vigencia de los años 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 y con los pagos dela penalidad de los años 2022 y 2023.
GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO
Fecha
6/06/2024
Norma y numeración
Resolución Directorial General N° 34-2024-GRH-GRDE/DREM/DR
Sumilla
Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los años 2022, 2023 y 2024
Comentario
Se publica la relación de concesiones mineras aprobadas en los años 2022, 2023 y 2024 ubicadas en la región de Huánuco.
En este periodo se aprobaron 10 concesiones mineras: 1 el 2022; 2 el 2023; y 7 el 2024.
Compartir: