Puno: Lideres sociales apelan fallo que negó protección jurídica al lago Titicaca como sujeto de derecho

El 10 de junio se llevó a cabo una audiencia en la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Puno, en el marco del proceso de amparo interpuesto por los líderes sociales Edgar Cahui Ccahue y Félix Suasaca Suasaca, en representación de la Asociación de Pueblos Originarios Conservacionistas de los Recursos Naturales en la Reserva Nacional del Titicaca (APOC). La demanda busca que el Poder Judicial ordene la implementación de medidas urgentes y reconozca al Lago Titicaca como sujeto de derechos.

La acción de amparo fue presentada contra la Autoridad Nacional del Agua (ANA), el Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBLT), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), por omisión de funciones frente a la contaminación y progresiva degradación del lago y de los ecosistemas que lo rodean. Según los demandantes, existe una alarmante inacción estatal ante la crisis ambiental en la cuenca del Titicaca.

El Tercer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Puno declaró en primera instancia la improcedencia de la demanda, señalando que el proceso de amparo no era procedente para el reconocimiento de derechos a un lago. Sin embargo, dicha decisión fue apelada, y la audiencia realizada el martes 10 tiene como objetivo evaluar dicha apelación.

Durante su intervención, el abogado de la defensa Juan Carlos Ruiz Molleda, argumentó que «No se han implementado medidas efectivas de remediación, a pesar de que solo una de las diez plantas de tratamiento en la región, la de Lampa, se encuentra en funcionamiento. Los presupuestos se van en consultorías, pero no en acciones concretas. Este caso representa no solo la defensa del derecho de todos los puneños a vivir en un ambiente sano y equilibrado, sino también la necesidad de reconocer a los líderes y de reconocer al Lago Titicaca como sujeto de derechos”, mencionó durante la audiencia. 

El petitorio de la demanda incluye cinco aspectos clave:

  1. La elaboración y ejecución de un plan regional de descontaminación del Lago Titicaca con recursos suficientes por parte de la Autoridad Nacional del Agua y el Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca.
  2. La asignación presupuestal por parte del Ministerio de Economía y Finanza (MEF) para garantizar la recuperación ecosistémica de la reserva.
  3. El reconocimiento del Lago Titicaca, sus ecosistemas y afluentes como sujetos de derechos, lo cual permitiría establecer responsabilidades y protección legal directa.
  4. La constitución de un Consejo de Cuenca Interregional y comités de subcuenca con participación indígena vinculante, para la administración y conservación de los recursos hídricos.
  5. El reconocimiento de las organizaciones indígenas y del Estado como “Guardianes del lago Titicaca” y representantes legales del lago, para actuar en su defensa ante cualquier amenaza o afectación.

La audiencia concluyó con la exposición de argumentos por parte de los representantes legales de los demandantes, quienes solicitaron la revocatoria de la sentencia en primera instancia y la emisión de una resolución que garantice medidas reales para la descontaminación del Lago Titicaca y su reconocimiento como sujeto de derechos.

El caso podría sentar un precedente histórico en la jurisprudencia ambiental peruana y abrir el camino para el reconocimiento legal de otros elementos de la naturaleza como titulares de derechos fundamentales. La decisión final de la Sala Civil será clave para determinar si el Lago Titicaca podrá contar con un estatus legal que garantice su protección integral.

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