El incremento del Impuesto Selectivo al Consumo

Josselin Yauri

A fines de enero, se aprobó la Resolución Ministerial N° 030-2024-EF, mediante la cual se actualizaron los montos fijos vigentes aplicables a bienes sujetos al Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC). Este impuesto grava a productos como combustibles, bebidas alcohólicas, cigarrillos, entre otros. Entre las finalidades de este impuesto se encuentra el desalentar el consumo de productos que generan efectos negativos en el ámbito individual, social o medioambiental.

Como está señalado en la Resolución Ministerial N° 026-2001-EF, que establece las disposiciones para la aplicación de factores de actualización monetaria de los montos fijos del Sistema Específico del ISC, “[…] los montos fijos base pueden ser actualizados anualmente siempre que la variación porcentual del IPC[1] sea igual o superior al uno por ciento (1%)”[2]. En 2023, no se actualizó el monto fijo del ISC dado que el contexto económico era complejo y el gobierno consideró adecuado postergarlo. Según el actual ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras, con esta medida extraordinaria se habría dejado de recaudar 130 millones de soles[3].

Este año no se continuó con esta excepción, por lo que a partir de marzo regirán los nuevos montos fijos que han sido actualizados considerando la inflación acumulada de los últimos dos años. De esta manera, el ajuste del ISC sería como se muestra en la siguiente tabla:

ProductosISC actualISC actualizado
Cerveza (S/ por litro)2.312.51
Cigarrillos (S/ por stick)0.360.37
PTC (S/ por unidad)0.300.31
Pisco (S/ por litro)2.272.48
Bebidas con 0 grados hasta 6 grados de alcohol (S/ por litro)1.251.33
Bebidas con 6 grados hasta 12 grados de alcohol (S/ por litro)2.502.68
Bebidas con 12 grados hasta 20 grados de alcohol (S/ por litro)2.702.89
Bebidas alcohólicas 20+ grados (S/ por litro)3.633.97
  Fuente: MEF

Asimismo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) realizó una estimación del impacto en la variación de precios de los productos gravados por el ISC. En la siguiente tabla se puede visualizar los cambios esperados:

ProductosPrecio actualPrecio esperadoVar. S/ Precio
Cerveza (S/ por litro)9.269.500.24
Cigarrillos (S/ por stick)0.930.940.01
Pisco (S/ por litro)41.2041.450.25
Vino (S/ por litro)22.5322.750.21
Bebidas alcohólicas 20+ grados (S/ por litro)28.9029.300.40
Combustible (S/ por galón)18.72*18.720.00
      *Corresponde al precio promedio de un galón de diésel / Fuente: MEF

La actualización del ISC se realizaría de manera gradual, según declaraciones del ministro Contreras, y en febrero se publicaría el cronograma de implementación.

Varios expertos coinciden en que el ajuste del ISC se estaría dando con fines recaudatorios. Sin embargo, no se debe perder de vista que la finalidad principal de este tipo de impuesto es disminuir las externalidades negativas del consumo de ciertos productos. Además, el impacto sobre la recaudación no será de gran magnitud, ya que el ISC tiene una participación muy baja en el total de ingresos: según los datos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), en 2023, el ISC representó el 5.5% del total de ingresos del Gobierno Central.

La necesidad de medidas para incrementar los ingresos ya se venía visualizando. Durante todo el 2023, se tuvo una tendencia decreciente en los niveles de presión tributaria. Se pasó de un 17.1% del PBI en enero a un 15.1% del PBI en diciembre, una caída de 2 puntos porcentuales. Además, se cerró el año con un déficit fiscal de 2.8% del PBI, valor por encima del límite establecido por Ley para el 2023: 2.4% del PBI.

Frente a ello, debemos recordar que, según el informe de la OECD presentado en septiembre de 2023[4], el Perú necesita implementar una reforma tributaria integral, que permita aumentar los ingresos públicos de manera progresiva para así mejorar los servicios públicos, eliminar las disparidades regionales y brindar mejores oportunidades a todos los peruanos.


[1] IPC: Índice de Precios al Consumidor.

[2] Artículo 2 modificado por el artículo único de la Resolución Ministerial N° 234-2019-EF.

[3] https://www.youtube.com/watch?v=t-CDxg9TUcU

[4] https://www.oecd-ilibrary.org/economics/estudios-economicos-de-la-ocde-peru-2023_f67c8432-es

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