El complejo camino europeo hacia la debida diligencia

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Cecilia Biancolella
Imagen: Logística PRESS

Este 15 de marzo, el Consejo de la UE aprobó la directiva de debida diligencia en materia de sostenibilidad empresarial. Esta busca aumentar la responsabilidad de las empresas frente a los impactos negativos de sus operaciones sobre los derechos humanos y el medio ambiente. Además, la directiva busca mejorar el acceso a vías de recurso para los afectados, y alcanzar una transición exitosa hacia una economía verde y la neutralidad climática.  

¿Cómo puede alcanzar estos objetivos?

  • La Directiva hace directamente responsables a los operadores económicos del cumplimiento de las obligaciones que los convenios internacionales imponen a los Estados signatarios. Para cumplir la obligación de vigilancia, las empresas deben adoptar un código de conducta interno, identificar de manera correcta y rápidamente las infracciones que se hayan producido y los riesgos de infracciones futuras, aplicar las medidas necesarias para mitigar el impacto de las infracciones producidas y prevenir futuras infracciones.
  • Las empresas que identifiquen impactos negativos sobre el medio ambiente o los derechos humanos de algunos de sus socios comerciales, tendrán que poner fin a esas relaciones comerciales cuando dichos impactos no puedan prevenirse o detenerse.
  • La Directiva establece la obligación de introducir un mecanismo de reclamación por parte de las personas afectadas por impactos negativos. Se ha fijado un plazo de cinco años para la presentación de reclamaciones y se prestará asistencia financiera y jurídica a las víctimas.
  • Las empresas deben adoptar un plan que garantice que el modelo de negocio respete el límite del calentamiento global de 1.5°C con objetivos de reducción de emisiones basados en incrementos quinquenales hasta 2050.
  • La directiva introduce mecanismos de control periódico de su eficacia, a través de una autoridad de supervisión que podrá iniciar inspecciones e investigaciones y, de ser el caso, imponer sanciones a las empresas incumplidoras. Las sanciones van desde «nombrar y avergonzar» a la imposición de multas de hasta el 5% de su volumen de negocios neto mundial. Las empresas serán responsables del incumplimiento de las obligaciones de debida diligencia y sus víctimas tendrán derecho a ser indemnizadas por daños y perjuicios.

Los pasos y obstáculos de la aprobación

Los eurodiputados y funcionarios gubernamentales alcanzaron en diciembre un acuerdo provisional sobre la Debida Diligencia, pero su futuro se cuestionó por las reticencias de Alemania, Francia e Italia, los cuales afirmaron que la directiva, previamente negociada y aprobada por el Gobierno alemán, imponía una carga excesiva a las pequeñas y medianas empresas de sectores de alto riesgo.

Sin embargo, cabe señalar que sólo las empresas lo suficientemente grandes que cumplan una combinación de umbrales de empleados y volumen de negocios entrarían en el ámbito de aplicación de la ley propuesta. Las pequeñas y medianas empresas, el 99% de todas las empresas de la UE, no tendrían ninguna obligación legal.

La explicación más probable podría remontarse a un juego de favores mutuos e intercambios entre los «grandes» Estados. No es una casualidad que, a mitad de febrero, surgieran algunos rumores sobre una negociación entre el ministro alemán de Economía, Christian Lindner, del Partido Liberal Democrático, e Italia. Lindner, en representación del gobierno alemán, aceptó bloquear un proyecto de reglamento de la UE sobre envases para complacer a Italia; a cambio, Italia prometió bloquear la Directiva sobre Diligencia Debida.

Frente a estos juegos de «vetos cruzados”, Bruselas – que preside el Consejo de la UE en representación de los Estados miembros – en su último intento de desbloquear la situación, ha triplicado el umbral para que la normativa solo se aplique a las empresas con una facturación mundial superior a 450 millones de euros y con más de 1000 empleados (frente a los 500 empleados y 150 millones de euros acordados anteriormente), disipando así las preocupaciones nacionales «por el exceso de burocracia”. De hecho, la Comisión Europea ha justificado su decisión afirmando que ese redimensionamiento evitará que las empresas tengan que desplazarse por múltiples normativas nacionales, potencialmente incompatibles, dentro del mercado único del bloque. Sin embargo, el efecto real fue una reducción drástica del número de empresas que tendrán que cumplir estas obligaciones: menos de 5500 empresas europeas tendrán que cumplir la ley, frente a las 17 000estimadas según el acuerdo de diciembre.

Luego de esta drástica reducción de empresas afectadas por la ley, la supresión de las disposiciones sobre responsabilidad que permitirían a los sindicatos demandar a las empresas incumplidoras, la exención de obligaciones para el sector financiero yla abolición de incentivos a las empresas para que sigan los planes de transición climática, Italia y Francia han conseguido equilibrar la balanza y han dado su apoyo a la ley.  Así que Bruselas tuvo que someterse al chantaje indirecto de Alemania, Italia y Francia y recortó considerablemente el texto original, debilitando su alcance «revolucionario».

También es importante destacar que la directiva garantiza la aplicabilidad a todos los agentes que intervienen antes y después en el proceso de producción, pero ahora, con el cambio realizado por el Consejo, las empresas no necesitan supervisar el impacto de sus actividades posteriores en relación con la eliminación de sus productos, incluidos el desmontaje, el reciclaje, el compostaje y el vertido. Además, los países de la UE han retrasado la entrada en vigor de las normas para la mayoría de las empresas hasta el final de la década.  A pesar de todo, varios países, hasta nueve, entre ellos Alemania, se han abstenido.

Aunque la adopción de la ley es un paso importante hacia una mejor protección de los derechos humanos y del medio ambiente, y aunque tiene varios desafíos[1], la sociedad civil está indignada por el proceso político que precedió a su adopción. La incertidumbre que rodea la aprobación de la directiva desde hace dos años y los constantes cambios que han disipado su eficacia, demuestran que los intereses económicos de los grandes Estados se anteponen al objetivo principal de la directiva: salvaguardar los derechos ambientales y aquellos de los pueblos perjudicados por los continuos abusos de las grandes multinacionales, que siguen actuando impunemente ante la mirada consciente de toda la sociedad civil. Algunas organizaciones como Oxfam y Amnistía también lamentan el coste que ha tenido la negociación con los países y que ha descafeinado la propuesta inicial. Hannah Storey, asesora de política sobre empresas y derechos humanos de Amnistía Internacional, ha declarado: “Aunque es un alivio que la legislación haya sobrevivido a los intentos de acabar con ella totalmente, algunos Estados han erosionado el texto de tal forma que la Directiva, en su forma actual, no está a la altura de las aspiraciones originales. Ahora sólo se aplicará a las empresas muy grandes, lo que significa que casi el 70% de las empresas a las que se habría aplicado en su redacción anterior quedarán ahora exentas”.

Ahora falta la aprobación del parlamento: la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo (JURI) debería votar la ratificación del acuerdo en las próximas semanas. El Parlamento en sesión plenaria dará su aprobación final en abril y los países de la UE aprobarán oficialmente la legislación a finales de este año.


[1] para más información consultar el cuadro de desafíos y beneficios de la directiva: file:///C:/Users/utente/Desktop/documenti%20CCP-Per%C3%B9/debida%20diligencia/beneficios%20y%20desafios%20DD.pdf

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