Congreso insiste en incentivo perverso que puede traer mayor deforestación en la Amazonía

Ana Leyva

La Amazonía viene perdiendo masa boscosa de manera acelerada[1].  Muchos expertos dicen que el camino hacia su desaparición ya es irreversible[2] y que esto tendrá enormes impactos en el clima del planeta y en la disposición de agua dulce. Entres las causas está el cambio de uso con la finalidad de realizar actividades económicas, principalmente agropecuarias.

Deforestación en una parte de la Amazonía / Imagen: REUTERS

Este hecho debería tenernos a todos preocupados y movilizados, fundamentalmente a los poderes del Estado peruano. Sin embargo, ocurre todo lo contrario. Paradójicamente, en estos momentos el Congreso de la República busca debilitar la protección legal existente para tierras clasificadas por el Estado como de capacidad de uso mayor forestal.

El cambio se busca introducir a través de una modificación de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre y, en concreto, en una disposición complementaria final. En ella se señala que, de manera excepcional, se consideran áreas exclusivas para uso agropecuario aquellos predios que tienen título de propiedad o constancia de posesión, carecen de masa boscosa y desarrollan actividades agropecuarias. La norma los exonera de contar con una clasificación de tierras por su capacidad de uso mayor (CTCUM) y de cumplir las condiciones establecidas en el artículo 38 de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre[3].

Esta norma puede tener graves consecuencias. Puede ser un incentivo para incrementar el tráfico de tierras en perjuicio de pueblos indígenas y la eliminación de cobertura boscosa. Nos preguntamos ¿por qué y en beneficio de quién se busca realizar esta modificación normativa? Esperamos que la cordura y los intereses nacionales primen en el Congreso de la República.

Jueves 25 de mayo de 2023


[1] https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-51377234

[2] https://lac.oxfam.org/proyectos-destacados-oxfam-rumbo-la-cop27/m%C3%A1s-del-20-de-territorio-amaz%C3%B3nico-perdido-de-forma

[3] Es decir, de tener contar con la CTCUM, la existencia de una zonificación económica-ecológica de nivel medio o superior del gobierno regional o local y la opinión vinculante del ministerio del Ambiente.

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