Familias resisten desalojo exprés de minera Chinalco

Familias de la Antigua Morococha presentaron un recurso de oposición contra la medida cautelar que ordena su desalojo, solicitada por la empresa minera Chinalco que busca expandir su proyecto minero Toromocho.

Los pobladores denuncian que la decisión judicial viola el derecho a ser reasentados dignamente y se produce a pesar de las persistentes denuncias de contaminación en la “Nueva ciudad”.

Carlos Castro, abogado de las familias afectadas, sostiene que la medida judicial se habría emitido sin competencia del Juzgado Civil debido a que el artículo 49° de la Ley 30680 restringe la acción judicial sobre posesión en la zona de riesgo no mitigable.

Agrega que la medida es “gravosa y transgrede la normativa nacional e internacional de derechos humanos”.

Castro explica que, pese a estar vigente la Ley N. º 29869 —que declara de necesidad pública e interés nacional el reasentamiento de poblaciones ubicadas en zonas de riesgo no mitigable—, la empresa interpuso una cautelar en un proceso civil exprés para desalojar a las familias.

La medida cautelar se realiza fuera del proceso, sin demanda, sin sentencia firme y sin ofrecer una solución habitacional a las familias que serían desalojadas por la fuerza.

“Se está violando claramente el marco normativo que protege a esta población”, remarcó Carlos Castro, respecto a la población no reasentada ubicada en la provincia de Yauli, región Junín.

La resolución emitida por el Juzgado Mixto de La Oroya obedece a una solicitud expresa de la empresa minera China Chinalco, que interpuso una acción judicial de recupero posesorio vía Desalojo de Ocupante del predio ubicado en la zona Antigua Morococha.

Detalla que la resolución judicial omite la aplicación del artículo 49 de la Ley 30680, el cual prohíbe ejecutar desalojos o acciones de recuperación posesoria en zonas consideradas de riesgo. Además, la Ley 29869 prioriza de manera expresa el reasentamiento de los habitantes.

La resolución judicial contradice lo establecido en normas de mayor jerarquía que amparan el derecho a la vivienda, la protección de la familia y la prohibición de desalojos forzosos sin garantías legales mínimas.

Entre tales normas menciona la Constitución Política del Perú y los tratados internacionales suscritos por el Estado peruano, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Carlos Castro anunció que a petición de las familias no reasentadas agotará todos los recursos legales ante los tribunales peruanos y, de ser necesario, acudirá a instancias internacionales para salvaguardar los derechos de las familias. (Tomado de Servindi)

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