Amplían plazo para la formalización de la pequeña minería

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) estableció un nuevo plazo para la formalización minera. Según una nota de prensa del gobierno, esto servirá para el cumplimiento de requisitos y condiciones de permanencia por parte de los mineros inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo).

Imagen: El comercio

Mediante Decreto Supremo n.°022-2021-EM, publicado en la edición extraordinaria de las normas legales del diario oficial El Peruano, está dispuesto que “la presentación del aspecto preventivo del Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de las Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (Igafom) ante la Dirección Regional de Energía y Minas competente, o quien haga sus veces, rige hasta el 31 de diciembre del 2021, respecto de cada una de las actividades mineras inscritas en el Reinfo”.

Asimismo, la declaración de producción minera correspondiente al primer semestre del 2021, debe realizarse hasta el 31 de diciembre de 2021, respecto de cada una de las actividades mineras inscritas en el Reinfo, a través de la extranet del Minem. Con ello, el Minem fijó un nuevo plazo para la formalización minera.

Críticas a la medida

Para Julia Cuadros, especialista en temas mineros y directora de CooperAcción, esta norma es negativa para la regulación de la pequeña minería en el país.

“Nos parece muy mal que vuelva abrirse el registro integral de formalización minera, porque hasta ahora no han podido cumplir con los que estaban registrados anteriormente, y esto porque no se han resuelto los problemas estructurales de la minería a pequeña escala, informal, artesanal” puntualizó Cuadros.

La especialista consideró que el primer paso es que el titular de la concesión minera donde opera el minero informal, les tiene que dar un permiso de operación donde se ubiquen los mineros informales.

“Muchos creen que inscribiéndose en el REINFO ya está resuelto el tema. Es más sencillo que un minero se formalice por la ley general que por esta ley de pequeña minería, porque no están resueltos los problemas de fondo. Hay un cuello de botella en el tema de los permisos de los titulares de las concesiones tiene que hacer. Abrir el REINFO es extender la informalidad hasta diciembre” sentenció Cuadros.

Asimismo señaló que no se puede hacer minería en la zona amazónica, porque la depredación del bosque y la contaminación de los ríos es alta, no solo por el uso de químicos si no por el propio hecho de cambiar la morfología del bosque y afectar a la fauna y flora de la zona. Al explotar el oro aluvial se mueven los sedimentos, lo que afecta a los animales y a las poblaciones indígenas.

Por otro lado, la minería de socavón o a cielo abierto en pequeña escala debe pasar por analizar si tienen una evaluación de impacto ambiental, sobre todo sobre los recursos hídricos, tanto superficiales como subterráneos.

Queda por ver cuál será la política del nuevo gobierno en este tema, recordando que el plan de gobierno de Perú Libre señalaba que buscaba formalizar la “mal llamada minería ilegal”, confundiendo la minería informal con la ilegal, que es una actividad criminal depredadora de la naturaleza. Asimismo debemos señalar que muchos de los casos recientes de conflictos en los territorios y amenazas a defensores indígenas tienen que ver con la expansión de la minería ilegal, como son los caso de Amazonas y de Madre de Dios.

05 de agosto de 2021

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