Cuestionan “aprobación exprés” de cambios en proyectos mineros
Quedó al voto la decisión final en el proceso de acción popular contra la “aprobación exprés” de los cambios en los proyectos mineros mediante los conocidos informes técnicos sustentatorios (ITS). El día 19 de noviembre de 2024, CooperAcción, a través de su abogada Ana Leyva, formuló un alegato oral en el proceso contra la Resolución Ministerial N°120-2014-MEM/DM que establece criterios para la modificación, ampliación o mejoras tecnológicas de componentes de proyectos de inversión minera mediante ITS. El caso es visto por la Primera Sala Contencioso Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Lima.
El petitorio fue que se declare nula, ilegal e inconstitucional la mencionada Resolución. La abogada señaló que los ITS fueron creados el 2013, mediante Decreto Supremo 054-2013-PCM, para facilitar y reducir a 15 días hábiles la aprobación de modificaciones, ampliaciones y mejoras tecnológicas en proyectos de inversión cuyo impacto ambiental fuera “no significativo”. Sin embargo, la mencionada normativa sectorial en minería ha distorsionado esa finalidad.
Señaló que la referida resolución ministerial no define lo que significa el término “impacto no significativo”, y establece criterios que confunden lo significativo con lo que no lo es. El criterio principal que utiliza es la dimensión o tamaño del cambio o ampliación que se pretende realizar en el componente minero, ya sea principal, auxiliar o complementario, estableciendo porcentajes de lo que puede ser modificable por ITS:
“Así, por ejemplo, el tajo puede ser ampliado hasta en un 20% de su extensión o profundidad; el depósito de relaves hasta en un 10% de la altura del dique, extensión o capacidad; los depósitos de desmonte hasta un 20% de su altura y/o extensión; el pad de lixiviación hasta 20% de su altura y/o extensión”
Señaló que estos porcentajes son altos y ello genera preocupación porque son cambios que serán evaluados con menos rigor. También destacó que la norma permite que dichos porcentajes pueden ser excedidos, siempre que haya una justificación para ello. Asimismo, permite la ampliación o modificación sucesiva de un componente (tajos, relaves, depósitos, etc.) por ITS, siempre y cuando, en conjunto, no conlleve impactos moderados o significativos.
Anteriormente a la existencia de los ITS en minería, las modificaciones o ampliaciones de los componentes mencionados se evaluaban como una modificación de estudio de impacto ambiental, un procedimiento que tiene plazos más extensos, exige opiniones técnicas y mecanismos de participación ciudadana.
Finalmente, sostuvo que la Resolución Ministerial 120-2014-EM va contra la protección del derecho al medio ambiente equilibrado y adecuado a la vida y el uso sostenible de los recursos naturales establecidos en la Constitución, así como contra los principios de prevención, participación ciudadana y gobernanza ambiental establecidos en la Ley del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, su reglamento y la Ley General del Ambiente.
¿En qué tipo de cambios se está usando este mecanismo “exprés”?
Por ejemplo, en el caso de Las Bambas se utilizó esta vía exprés para aumentar la producción de concentrados de las plantas de molibdeno y filtro de 2717 a 2995 toneladas por día (TM/d), teniendo un incremento en conjunto de 278 TM/d. Eso equivale a 278 mil kilos diarios de concentrados, lo que carga 8 camiones de carga pesada y 77 camiones de carga ligera. Con otro ITS, esta empresa amplió el almacén de concentrados de 20 mil a 47 mil toneladas, más del 100%.
En el proyecto Antapaccay – Ampliación Coroccohuayco, por ITS se reactivó la planta concentradora de Tintaya (componente minero que estaba obsoleto y que no tenía certificación) y pasó de una producción de 19 mil a 25 mil TM/d. Es decir, por ITS aumentó su capacidad en más de un 30%.
Actualmente, en el proyecto minero Ariana, ubicado en el sistema natural e hidráulico que abastece de agua a Lima y Callao y que administra Sedapal y la empresa eléctrica Pluz Perú, con un ITS se ha movido el depósito de relaves (desechos tóxicos) a otro lugar de esta zona sensible, ello sin mecanismos de participación ciudadana que faciliten la participación de las mencionadas empresas y de la ciudadanía de Lima.
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