¿Por qué debemos estar al tanto del trabajo de la Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático?

Gretta Zegarra

Foto tomada de Radio Cutivalú

El cambio climático es un fenómeno provocado por el calentamiento global, el cual es producido por el exceso de Gases de Efecto Invernadero (en adelante, GEI) en la Tierra. El cambio climático genera preocupación en las personas debido a sus efectos negativos: aumento a la exposición de enfermedades zoonóticas, escasez de agua potable, extinción de flora y fauna, pérdida de glaciares, sequías, etc. Por estos motivos, desde la década del 90, los Estados vienen suscribiendo tratados con la finalidad de reducir la emisión de GEI, detener el calentamiento global y lograr un desarrollo económico sostenible.

El último tratado sobre cambio climático ratificado por el Perú es el Acuerdo de París. Este tratado tiene el objetivo de mantener el aumento de la temperatura media mundial por debajo de 2ºC y continuar los esfuerzos para limitar ese aumento de temperatura a 1.5ºC.

Para alcanzar las metas establecidas en el Acuerdo de París, en el 2018, el Congreso de la República publicó la Ley Marco sobre Cambio Climático (Ley Nº 30754). Esta norma establece que la Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático (en adelante, la comisión) se encargará de: (1) proponer las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático y las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional1; así como de (2) emitir el informe técnico que el Perú debe presentar ante el punto focal2 de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (en adelante, CMNUCC). A su vez, señala que la comisión deberá ser creada mediante decreto supremo y tendrá carácter permanente.

Conforme a lo explicado en el párrafo anterior, en julio de este año, el gobierno creó la comisión a través del Decreto Supremo Nº 006-2020-MINAM. Este decreto estipula que las funciones de la comisión son las siguientes:

  1. Proponer y recomendar, en el marco de la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático, acciones para neutralizar las emisiones de GEI y adaptarnos al cambio climático al 2050.

  2. Supervisar la elaboración y/o proponer la actualización de metodologías para la elaboración de las proyecciones de reducción de emisiones de GEI, que contribuyen al proceso de toma de decisiones sobre las Contribuciones Determinadas.

  3. Proponer las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático contenidas en las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional.

  4. Proponer el incremento progresivo de las metas de adaptación y mitigación propuestas, considerando las propuestas elaboradas por los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda.

  5. Emitir los informes técnicos, cada cinco años a partir del primer informe del año 2020, que serán presentados ante el punto focal de la CMNUCC.

  6. Evaluar las recomendaciones de la Comisión Nacional sobre Cambio Climático y la Plataforma de los pueblos indígenas para enfrentar el cambio climático y acordar las medidas para su implementación.

De manera complementaria, el decreto indica que la comisión estará integrada por representantes de los tres niveles de gobierno y podrá contar con la participación de representantes de entidades privadas y públicas, sociedad civil, pueblos indígenas y de la cooperación internacional, en calidad de invitados.

Luego de varias semanas, el 23 de setiembre pasado, el gobierno instaló la comisión3. En la ceremonia de instalación se dijo que el Perú se adaptará a los efectos del cambio climático en cinco áreas priorizadas: agua, agricultura, pesca y acuicultura, bosques y salud; y, reducirá en 35% las emisiones de GEI al 2030, a través de iniciativas implementadas con recursos públicos y privados en los sectores de energía, transporte, procesos industriales, desechos, agricultura y forestal4.

De lo expuesto pensamos que debemos estar al tanto del trabajo de la comisión porque es la instancia encargada de formular las acciones que el Perú implementarán a corto, mediano y largo plazo para reducir la emisión de GEI, adaptarse al cambio climático y lograr un desarrollo sostenible. Además, la comisión tiene la tarea de elaborar el informe con el cual el país comunicará a nivel internacional sus avances en la lucha contra el cambio climático, acción que resulta importante porque obligaría al gobierno a comprometerse realmente a cumplir con las obligaciones que contrajo con la ratificación del Acuerdo de París.

Igualmente, debemos tener presente que el Decreto Supremo Nº 006-2020-MINAM nos da la posibilidad de participar, como sociedad civil, en las sesiones de la comisión. Por lo que no solo debemos estar informados sobre el trabajo de la comisión, también estamos llamados a hacer escuchar nuestras voces y presentar aportes que enriquezcan el trabajo del gobierno; ya que el cambio climático es un problema que nos afecta a todos.

1 Las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional son compromisos que los Estados asumen para reducir la emisión de GEI. MOCICC. (s.f.). Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDCs). Consultado el 28 de setiembre de 2020. https://www.mocicc.org/compromisos-climaticos-ndcs/

2 Se hace referencia a la Conferencia de las Partes (COP).

3 MINAM. (2020). Gobierno peruano reúne a 14 ministerios, Ceplan y gobiernos regionales y locales para enfrentar el cambio climático. https://www.gob.pe/institucion/minam/noticias/303832-gobierno-peruano-reune-a-14-ministerios-ceplan-y-gobiernos-regionales-y-locales-para-enfrentar-el-cambio-climatico

4 Ibídem

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