¿Hacia dónde va el llamado Plan de Desarrollo de Cotabambas?

Ana Leyva Valera

El pasado 2 de febrero se llevó a cabo en Lima una reunión “de balance del plan de desarrollo de la provincia de Cotabambas”. En dicha reunión participaron únicamente autoridades y representantes del Estado: el viceministro de Gobernanza Territorial, Carlos Loret de Mola; el alcalde provincial de Cotabambas, Valentín Quispe, y los alcaldes distritales de Mara y Coyllurqui; funcionarios del Gobierno Regional de Apurímac; los congresistas Richard Arce y Dalmiro Palomino; entre otros representantes de diversos ministerios.  Tras pasar revista al estado de los proyectos comprometidos, los asistentes acordaron sostener dos nuevas reuniones el próximo lunes 19 de febrero, en Tambobamba y el 26 de febrero en Lima.

Lo que llama la atención es que la decisión que hubo de excluir a las organizaciones sociales y sociedad civil en general de la elaboración plan de desarrollo provincial que lideró el Poder Ejecutivo, se mantiene en su implementación.  Desde esta perspectiva, solo se ha tenido en cuentan a las autoridades gubernamentales nacionales, regionales y locales. Los actores territoriales que deben dinamizar las actividades socio-económicas no han sido considerados.

Acta de la reunión del pasado viernes, con participación únicamente de representantes del Estado

Desde las organizaciones sociales y desde Cooperaccion hemos insistido en que el plan de desarrollo para Cotabambas y Progreso tiene sus límites. Se encuentra centrado fundamentalmente en la construcción de infraestructura, lo que es insuficiente. Una carretera por sí sola no dinamiza económicamente   una zona. Se requiere de otras condiciones. Además, debe responder a objetivos concretos. ¿Qué queremos conectar y para qué? De lo contrario, puede beneficiar a quiénes no queremos (narcotráfico, minería ilegal, etc.).

Por otro lado, es necesario que se entienda que todo proceso de desarrollo es un proceso social, donde los actores económicos, sociales y políticos se articulan en función de objetivo y acciones.  Obviando a los actores locales, no hay sujeto que plantee lo qué la población necesita y aspira. Tampoco habrá quién se comprometa con la realización de las acciones. No basta la participación de las autoridades locales, a ellas les toca impulsar la ejecución del plan, pero el éxito depende de cuánto la población se siente identificada con él y se compromete en su implementación.

Otro hecho en el que debemos detenernos es que el  Congreso, en el mes de junio de 2017, luego de aprobado el plan en mención, emitió la Ley 30589 que declara de interés nacional y de necesidad pública el desarrollo económico y social de la zona de influencia del proyecto Las Bambas (Cotabambas y Progreso).  En esa misma norma, encarga al Poder Ejecutivo, al Gobierno Regional y a los sectores involucrados, que de manera coordinada, realicen las acciones necesarias para priorizar la elaboración de un plan de desarrollo económico, social y ambiental para la zona de influencia del proyecto Las Bambas.

El mandato legal nos remite a un nuevo plan, al parecer más integral. El problema con ello es que éste sería un segundo plan, que tendría como promotores al Poder Ejecutivo y al Gobierno Regional. La gran pregunta que nos hacemos es dónde queda la competencia  del gobierno local cuya principal tarea es el desarrollo de su circunscripción. En función de ello, este nivel de gobierno tiene el mandato constitucional y legal de elaborar los planes de desarrollo local concertados, que como su propio nombre lo dice, buscan que los actores locales se pongan de acuerdo. Cotabambas y Progreso tienen planes de desarrollo local concertados, que estarían desactualizados. Es decir, tendríamos tres planes para una misma circunscripción. Esto genera confusión además sobre la orientación del desarrollo de la provincia, además de evidenciar una invasión de las competencias municipales.

Creemos que los tres procesos deben confluir y ajustarse a la Constitución Peruana, a La Ley Orgánica de Municipalidades y a la normatividad específica sobre planes de desarrollo local concertado. Con un plan adecuadamente formulado se tendrá la claridad necesaria para establecer compromisos en los tres niveles de gobierno y una acción articulada en pro del desarrollo de Cotabambas y Progreso y en cumplimiento de lo establecido en la Ley 30589.

Es importante que se ordene el proceso conforme a ley, que haya un diagnóstico, objetivos y acciones claras y se comprometa a quienes realmente deben estar. De lo contrario, de nada servirá la declaratoria de interés nacional y necesidad pública y el conjunto de obras que se tienen previstas beneficiarán principalmente a quienes están en condiciones de sacar provecho de ellas.

15 de febrero de 2018

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