La Dorsal de Nasca: un gran paso hacia la genuina conservación marina en el Perú

Por Alejandro Chirinos

El pasado 10 de marzo el gobierno peruano emitió la Resolución Ministerial 041-2021-Minam, que dispone la publicación de la propuesta del decreto supremo que establece la creación de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca.

La norma publicada en el boletín de normas del diario oficial El Peruano también dispone la publicación del expediente técnico de la propuesta en la página web del Minam para libre descarga y al mismo tiempo abre un proceso de consulta que le permite a la ciudadanía hacer sugerencias y observaciones al decreto por un plazo de diez días hábiles contados a partir del 11 de marzo. Si ingresan a la web del Minam, notarán que efectivamente ambos documentos están disponibles y pueden ser descargados sin dificultad (https://bit.ly/3ta8jvf).

Sin duda, este es un paso importante que el gobierno peruano daría respecto al cumplimiento de los compromisos internacionales que el estado ha asumido en el propósito de contribuir a la conservación marina global y que están contemplados en las metas de Aichi del Convenio de Diversidad Biológica (cuyo cumplimiento fue fijado para el 2020) o el Objetivo 14 de los ODS2030 que promueve y obliga compromisos a los estados por la conservación y la utilización sostenible de los océanos, los mares y los recursos marinos. De concretarse la creación de la reserva, lograríamos proteger un 8% de nuestro mar y nos pondría en una ubicación importante en la región frente a otros países como Argentina, Ecuador, Uruguay y Chile, quienes desde hace unos años han avanzado notablemente en el cumplimiento de estos compromisos estratégicos y nos llevan la delantera en asuntos marinos y de conservación. No obstante, la creación del área debe ser genuina, real y completa, y no estar condicionada a intereses particulares para que no corra el riesgo de quedar solo en un buen propósito de conservación del estado peruano. De esto hablaremos más adelante.

La Reserva

La Reserva Nacional Dorsal de Nasca (RNDN) se ubica a 105 kilómetros de la costa, frente a la región Ica. Es un ecosistema de aguas profundas compuesto por una extensa cadena de montes submarinos de origen volcánico que forman una cordillera oceánica con más de 3 000 metros de profundidad rodeada de una barrera de corales de aguas frías que permiten las condiciones adecuadas para la reproducción de una gran diversidad de especies marinas. El área comprende poco más de 62 mil kilómetros cuadrados (62,392.0575 km2), extendiéndose a lo largo de 1100 kilómetros llegando hasta el límite de nuestras 200 millas. Toda esta extensión constituye el 7.3% del territorio marítimo peruano. El tamaño del área es de tal magnitud que es comparable con el tamaño de la región Arequipa.

Tortuga boba o cabezona. Carettacaretta. Especie en peligro de extinción. Imagen: Surfrule

El área está atravesada por grandes rutas migratorias de importantes especies marinas como la ballena azul o la tortuga boba o cabezona (Carettacaretta), especie que se encuentra en la lista roja de especies en peligro de extinción de la UICN. La creación del área contribuiría a incrementar la protección de dichas especies.

Pero la Dorsal también es el hábitat de otros individuos clave que se encuentran amenazados por actividades antrópicas y por el calentamiento global. Según datos proporcionados por el expediente técnico del área, se ha reportado la presencia de especies de importancia comercial como el bonito, la pota, el tiburón azul, el perico, el pez espada, el atún aleta amarilla, la caballa, el bacalao, siendo además zona clave de reproducción del jurel, especie de alta importancia para la seguridad alimentaria en el país. Es así que, por sus características, la convención sobre diversidad biológica considera que esta área es de alto valor biológico para el mundo y por lo tanto su protección debe ser de prioridad esencial para el país.

La propuesta elaborada por el estado plantea una zonificación preliminar dividida principalmente en dos zonas: a) una zona de Aprovechamiento Directo (AD),que va desde 0 hasta 1 000 metros de profundidad y donde se permite el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos a través de la actividad extractiva pesquera regulada, y, b) una Zona de Protección Estricta (PE), que va desde los 1001 a los 4000 metros de profundidad, constituyendo una zona rígida completamente restringida a cualquier tipo de actividad comercial y destinada a la investigación científica para la conservación.

Aprobada la reserva, esta sería la primera área estrictamente marina en el Perú y la más grande del país, a diferencia de las otras áreas protegidas actuales que son continentales como la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras (RNSIIPG), creada en el año 2009, o la Reserva Nacional de San Fernando (RNSF), creada en el año 2011, o las otras que esperan ser aprobadas como la Zona Reservada de Illescas -de categorización transitoria-, o la Reserva Nacional Mar Tropical de Grau, cuya aprobación se encuentra suspendida por encontrarse en un área de conflicto de intereses petroleros que bloquean su creación. A diferencia de las áreas protegidas continentales, las áreas marinas son de protección tridimensional y exige niveles de investigación muy rigurosos. Para ese propósito se dispondría del BAP Carrasco, buque oceanográfico polar de la Marina de Guerra del Perú.

Un ajuste al decreto supremo que debilita los objetivos de conservación y podría sentar precedentes perjudiciales en áreas protegidas

La Unión internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), la organización medioambiental más grande del mundo integrada por miles de expertos altamente calificados en conservación de la naturaleza, cuya misión es influir, alentar y ayudar a las sociedades de todo el mundo a conservar la integridad y biodiversidad de la naturaleza y asegurar que todo uso de los recursos naturales sea equitativo y ecológicamente sostenible, señala que uno de los principios fundamentales para que un área protegida sea aceptada y considerada como tal es la no permisibilidad de ningún tipo de actividad comercial en el área. Entonces, ¿qué ha ocurrido? En el último tramo para sacar adelante la creación del área se ha incluido en el decreto supremo una cláusula que permite explícitamente la pesca de bacalao en los fondos marinos dentro del área. Esta cláusula, que no existía, puede encontrarse en el tercer párrafo del artículo 5° y señala lo siguiente: “De manera excepcional se desarrollará en la Zona de Protección Estricta las actividades extractivas del recurso bacalao de profundidad (Dissostichuseleginoides), en el marco de los permisos de pesca otorgados de manera previa al establecimiento de la Reserva o aquellos que se otorguen de manera posterior vía sustitución, por ser una actividad prexistente a la reserva”.

La inclusión de este párrafo vulnera los principios estrictos de conservación del área y responde a la presión de cinco embarcaciones que se dedican a esta actividad usando espinel de fondo, quienes desde el inicio del proceso se opusieron a la creación de la reserva. El espinel de fondo es un arte de pesca incompatible con la conservación del área puesto que el bacalao habita en profundidades que van hasta los 2,500 metros, con lo cual se estaría vulnerando el área de protección rígida y sentando precedentes negativos para otras áreas protegidas estrictamente marinas.Debe quedar claro que los intereses particulares no deben estar por encima de los intereses públicos y de estado. La conservación de nuestro ecosistema marino debe ser genuinamente real y no debe quedar suspendido o lesionado por los intereses de unos cuantos que además se superponen a nuestros compromisos globales. Tan importante trabajo realizado por científicos y expertos para sacar adelante esta área no debe verse frustrada por intereses económicos particulares. El Perú corre el riesgo de dar una mala imagen ante el mundo al no cumplir con sus compromisos internacionales y asimismo seguir rezagado en la región a pesar de tener uno de los mares más productivos del mundo. La decisión está finalmente en manos del presidente Sagasti. No podemos esperar más.

17 de marzo de 2021

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